La mujer como sujeto activo del delito de feminicidio en contexto de las parejas lésbicas

Descripción del Articulo

El delito de feminicidio ha sido objeto de diversas interpretaciones por parte de la Corte Suprema de Justicia, esto precisamente provocó que el delito de feminicidio sea visto y entendido como un delito especial a pesar de que su redacción típica. Esto se debió a que la Corte Suprema de Justicia co...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Bulnes Moscol, Edith Isabel
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad de San Martín de Porres
Repositorio:USMP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.usmp.edu.pe:20.500.12727/18523
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12727/18523
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Feminicidio
Lesbianismo
Delitos contra la mujer
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El delito de feminicidio ha sido objeto de diversas interpretaciones por parte de la Corte Suprema de Justicia, esto precisamente provocó que el delito de feminicidio sea visto y entendido como un delito especial a pesar de que su redacción típica. Esto se debió a que la Corte Suprema de Justicia concluyó que solo un hombre puede matar a una mujer por su condición de tal; sin embargo, existen nuevos espacios criminales en los que se mata a una mujer por su condición de tal o bajo contextos de estereotipo de género en los cuales el agresor no es un hombre, sino, una mujer. Estos casos deberían ser considerados dentro del delito de feminicidio por cuanto su redacción típica no limita su aplicación solo cuando el feminicidio es provocado por un hombre. Por ello, se consignó como objetivo general Determinar de qué manera la mujer puede ser considerada como sujeto activo en delito de feminicidio en casos de parejas lésbicas. Se empleó el método de investigación con un paradigma sociocrítico y con un enfoque cualitativo. En aplicación de la entrevista se obtuvo que la mujer sí puede ser considerada como sujeto activo en el delito de feminicidio, lo que llevó a concluir que la Corte Suprema de Justicia ha efectuado erradas interpretaciones sobre el artículo en mención y que además se produce una reducción significativa del marco de punibilidad del delito de feminicidio, excluyendo así los casos de homicidio en casos de parejas lésbicas, generando una desprotección a la mujer.
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