Denuncia sobre actos de competencia desleal en las modalidades de engaño y denigración expediente N° 270-2012-CCD / Demanda civil por obligación de dar suma de dinero Expediente N° 17077-2011-0-1801-JR-CI-41

Descripción del Articulo

El presente Trabajo de Suficiencia Profesional desarrollará las materias jurídicas más relevantes del Expediente N° 270-2012/CCD, el cual contiene un procedimiento administrativo sancionador iniciado por la Secretaría Técnica de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi com...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Illesca Quispe, Maricielo
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad San Ignacio de Loyola
Repositorio:USIL-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.usil.edu.pe:usil/11372
Enlace del recurso:https://repositorio.usil.edu.pe/handle/usil/11372
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho
Legislación
Derecho a la justicia
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.06.00
Descripción
Sumario:El presente Trabajo de Suficiencia Profesional desarrollará las materias jurídicas más relevantes del Expediente N° 270-2012/CCD, el cual contiene un procedimiento administrativo sancionador iniciado por la Secretaría Técnica de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi como consecuencia de la denuncia formulada por la empresa El Tiempo S.A.C. contra Prensa Popular S.A.C., por haber incurrido esta última en actos de competencia desleal en la modalidad de engaño y denigración a través de la difusión de un anuncio publicitario en el diario Trome – Norte. El segundo expediente que es objeto de análisis consiste en uno sobre la materia de obligación de dar suma de dinero, por el cual SERVIPRO Compañía de Servicios Múltiples S.R.L. (en adelante, “SERVIPRO”) interpuso demanda contra Álvaro Murrieta Jáuregui para que cumpla con pagarle la suma de S/. 30,414.05 soles que incluye: (i) la suma de US$ 7,150.00 dólares americanos por concepto de comisión pactada por la venta de la propiedad de Carlos Germán Meza Villacorta y Soraya Jesús de Madariaga; (ii) la suma de S/. 10,394.05 soles, que incluye gastos inmobiliarios en S/. 7,894.05 y préstamos personales en S/. 1,050.00 y S/. 1,450.00 soles, más intereses, con costas y costos del proceso.
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