La debida motivación en las resoluciones judiciales que otorgan medidas cautelares en aplicación de la Ley 30364, Ley para Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia Familiar, Tacna 2020-2021

Descripción del Articulo

Se evidencia como eje central de la investigación a la violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar, en ese sentido, se analizarán sus aspectos generales desde un enfoque social y psicológico; para posteriormente explicar los mecanismos previstos en la Ley N° 303641; tales como de tute...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Montes Flores, Camila María
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Privada de Tacna
Repositorio:UPT-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upt.edu.pe:20.500.12969/2821
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12969/2821
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Violencia familiar
Tutela cautelar
Medidas cautelares
Motivación
Principio precautorio
Proceso de tutela especial
Ley N° 30364
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Descripción
Sumario:Se evidencia como eje central de la investigación a la violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar, en ese sentido, se analizarán sus aspectos generales desde un enfoque social y psicológico; para posteriormente explicar los mecanismos previstos en la Ley N° 303641; tales como de tutela especial, que se resume en la emisión de medidas de protección; y cautelares. Dicho tenor, nos incentiva preguntarnos ¿Cómo se motivan tales resoluciones judiciales? ¿Qué razones se manifiestan para solicitarlas? ¿Precisar que fundamentación jurídica se expresa en ellos? ¿De que manera opera el principio de proporcionalidad? En cuanto a su metodología, se caracteriza por ser de tipo básica; pues pretende aportar a las ciencias jurídicas de bases teóricas. Asimismo, por su nivel de investigación, estaremos ante una tesis de corte descriptiva, lo que, a su vez, lo clasifica en un ámbito teórico- práctico, al recurrir a fuentes bibliográficas y empirismos. Luego del procesamiento de datos, se coligió que el principio precautorio gobierna estos procesos, asimismo, debe ponderarse la protección del bien común frente a terceros; y del análisis de los expedientes se desprende que las resoluciones no cumplieron con la motivación. Concluyendo que las medidas cautelares concedidas no cumplen el presupuesto de razonabilidad, salvo de verosimilitud y peligro en la demora, la fundamentación jurídica empleada no se ajusta a una debida motivación, y el presupuesto de la razonabilidad no opera en favor de la parte demandada sino en favor del menor.
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