La Indebida Aplicación del artículo 16 de la Ley N° 30364, por los Operadores de Justicia en los Juzgados Especializados de Familia de Chiclayo entre noviembre del 2015 a enero del 2017

Descripción del Articulo

En el presente trabajo de investigación se ha investigado el problema "Que factores influyen para que los Operadores de Justicia en los Juzgados Especializados de Familia de Chiclayo, no fijen las audiencias orales dentro del plazo de setenta y dos horas conforme a lo establecido en el artículo...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Condor Villalta, Magali Janeth
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo
Repositorio:UNPRG-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unprg.edu.pe:20.500.12893/7538
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12893/7538
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho de Familia
Derecho de las Personas
Violencia Familiar
Audiencias Orales
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:En el presente trabajo de investigación se ha investigado el problema "Que factores influyen para que los Operadores de Justicia en los Juzgados Especializados de Familia de Chiclayo, no fijen las audiencias orales dentro del plazo de setenta y dos horas conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Ley N° 30364 -Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar”; tema de investigación de gran importancia porque genera la vulneración de los derechos fundamentales a la tutela judicial efectiva de la demandante; la investigación se llevó a cabo a través de la recopilación de información teórica sobre autores tanto nacionales como internacionales, así también se llevó a cabo a través de la recopilación de datos proporcionados por los Juzgados Especializados de Familia de la ciudad de Chiclayo y una encuesta aplicada a los Jueces y secretarios de los Juzgados Especializados de Familia de Chiclayo; Finalmente, luego de efectuada la investigación se obtuvo como principales resultados la misma deficiencia de la Ley N° 30364, la misma que no logró los niveles de satisfacción social para la población y generó indefección en los recurrentes a la administración de justicia así como logró fortalecer la inseguridad jurídica y más aún aumentó la desconfianza en el poder judicial.
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