La concepción de responsabilidad civil estipulada por el tercer pleno casatorio y la unión de hecho en el estado peruano
Descripción del Articulo
El objetivo general de la presente tesis es analizar la manera en que se relaciona la concepción de responsabilidad civil estipulada por el Tercer Pleno Casatorio y la unión de hecho en el Estado Peruano, la pregunta general: ¿De qué manera la concepción de responsabilidad civil estipulada por el Te...
| Autores: | , |
|---|---|
| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2025 |
| Institución: | Universidad Peruana Los Andes |
| Repositorio: | UPLA-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.upla.edu.pe:20.500.12848/9380 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12848/9380 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Responsabilidad civil Indemnización Resarcimiento Unión de hecho Conviviente Perjudicado Abandonado https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | El objetivo general de la presente tesis es analizar la manera en que se relaciona la concepción de responsabilidad civil estipulada por el Tercer Pleno Casatorio y la unión de hecho en el Estado Peruano, la pregunta general: ¿De qué manera la concepción de responsabilidad civil estipulada por el Tercer Pleno Casatorio se relaciona con la unión de hecho en el Estado Peruano?, e hipótesis general que la concepción de responsabilidad civil estipulada por el Tercer Pleno Casatorio se relaciona de manera negativa con la unión de hecho en el Estado Peruano, como método se usa el enfoque cualitativo teórico, la epistemología jurídica de la escuela iuspositivista, tiene la metodología paradigmática propositiva, el escenario de estudio es el ordenamiento jurídico peruano, como técnica es instrumento de recolección se usa la observación documental y el fichaje, para el tratamiento de la información se usa la argumentación jurídica. El resultado más relevante fue que actualmente se está vulnerando la voluntariedad del conviviente que decide terminar de manera unilateral con la unión de hecho, la conclusión más importante es que se ha demostrado que la concepción de la responsabilidad civil estipulada por el Tercer Pleno Casatorio se relaciona de manera negativa con la unión de hecho en el Estado Peruano, la recomendación es la derogación del término de indemnización en los casos de ruptura de unión de hecho establecido dentro del tercer párrafo del artículo 326 del Código Civil. |
|---|
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).