Debida motivación del arraigo en el país para determinar la prisión preventiva en la Sala de Apelaciones de Chanchamayo 2016-2017

Descripción del Articulo

La presente investigación surgió en base al siguiente problema: ¿existe una debida motivación del arraigo en el país del imputado para determinar la prisión preventiva en las resoluciones emitidas por la Sala de Apelaciones de Chanchamayo en los años 2016 y 2017?; siendo el objetivo: determinar la e...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Podesta Rojas, Milagros Patricia
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad Peruana Los Andes
Repositorio:UPLA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upla.edu.pe:20.500.12848/1932
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12848/1932
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Debida motivación
presunción de inocencia
derecho a la libertad
prisión preventiva
peligro de fuga
arraigo en el país
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación surgió en base al siguiente problema: ¿existe una debida motivación del arraigo en el país del imputado para determinar la prisión preventiva en las resoluciones emitidas por la Sala de Apelaciones de Chanchamayo en los años 2016 y 2017?; siendo el objetivo: determinar la existencia de la misma en base a las resoluciones emitidas por la Sala de Apelaciones de Chanchamayo en los años 2016 y 2017. De esta manera, como hipótesis de la investigación consideramos que no existe una debida motivación del arraigo en el país del imputado para determinar la prisión preventiva en las resoluciones emitidas por la Sala Penal de Apelaciones de Chanchamayo durante los años 2016-2017. Por otro lado, el diseño de investigación fue descriptivo-explicativo, el método general utilizado ha sido el inductivo-deductivo, análisis-síntesis y descriptivo, los métodos específicos de interpretación han sido el literal y sistemático. La muestra estuvo conformada por 23 resoluciones de prisión preventiva emitidas por la Sala de Apelaciones de Chanchamayo durante los años 2016 y 2017 y por abogados especialistas en derecho penal. Finalmente los resultados de la investigación nos han permitido concluir que no existió una debida motivación del criterio de arraigo en el país —peligro de fuga—, dentro de las resoluciones de prisión preventiva emitidas por la Sala de Apelaciones de Chanchamayo durante los años 2016 y 2017.
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