Necesidad de regular la responsabilidad precontractual como consecuencia de la ruptura injustificada de los tratos preliminares, a partir de la deficiencia normativa del art. 1362 del Código Civil Peruano

Descripción del Articulo

La tesis que hemos denominado “Necesidad de regular la Responsabilidad precontractual como consecuencia de la ruptura injustificada de los tratos preliminares, a partir de la deficiencia normativa del Art. 1362 del Código Civil Peruano”, se orienta a determinar los fundamentar y elementos jurídicos...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Costilla Díaz, Ronald Horacio
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2017
Institución:Universidad Privada Antenor Orrego
Repositorio:UPAO-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upao.edu.pe:20.500.12759/4033
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12759/4033
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Responsabilidad precontractual
Ruptura injustificada
Tratos preliminares
Deficiencia normativa
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La tesis que hemos denominado “Necesidad de regular la Responsabilidad precontractual como consecuencia de la ruptura injustificada de los tratos preliminares, a partir de la deficiencia normativa del Art. 1362 del Código Civil Peruano”, se orienta a determinar los fundamentar y elementos jurídicos necesarios que nos permitan proponer una regulación jurídica eficiente de esta importante figura, con el objeto de contar con una institución plenamente reconocida a nivel de nuestro ordenamiento jurídico. En este sentido, la formulación de nuestro Problema fue el siguiente: ¿EN QUÉ MEDIDA ES NECESARIO REGULAR LA FIGURA DE LA RESPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL CON LA FINALIDAD DE SUPERAR LA DEFICIENCIA NORMATIVA A NIVEL DEL ART. 1362 ¿DEL CÓDIGO CIVIL, RESPECTO DEL RESARCIMIENTO DE DAÑOS OCASIONADOS COMO CONSECUENCIA DE LA RUPTURA INJUSTIFICADA DE LOS TRATOS PRELIMINARES? En aplicación de los métodos lógicos y jurídicos, y considerando los fundamentos expuestos en los resultados, la jurisprudencia, la legislación comparada y entrevistas, se ha logrado concluir que resulta conveniente introducir en nuestro ordenamiento civil una reformulación legal que permita el no dejar desprovista de acción para solicitar una indemnización por aquellos daños y perjuicios que padece uno de los tratantes por el actuar de su contraparte que vulnera el principio de buena fe y lealtad, apartándose éste injustificadamente de las negociones, generándole una defraudación de las exceptivas fundadas en la celebración de un negocio jurídico.
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