Necesidad de regular la responsabilidad precontractual como consecuencia de la ruptura injustificada de los tratos preliminares, a partir de la deficiencia normativa del art. 1362 del Código Civil Peruano
Descripción del Articulo
La tesis que hemos denominado “Necesidad de regular la Responsabilidad precontractual como consecuencia de la ruptura injustificada de los tratos preliminares, a partir de la deficiencia normativa del Art. 1362 del Código Civil Peruano”, se orienta a determinar los fundamentar y elementos jurídicos...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2017 |
Institución: | Universidad Privada Antenor Orrego |
Repositorio: | UPAO-Tesis |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.upao.edu.pe:20.500.12759/4033 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12759/4033 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Responsabilidad precontractual Ruptura injustificada Tratos preliminares Deficiencia normativa https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
Sumario: | La tesis que hemos denominado “Necesidad de regular la Responsabilidad precontractual como consecuencia de la ruptura injustificada de los tratos preliminares, a partir de la deficiencia normativa del Art. 1362 del Código Civil Peruano”, se orienta a determinar los fundamentar y elementos jurídicos necesarios que nos permitan proponer una regulación jurídica eficiente de esta importante figura, con el objeto de contar con una institución plenamente reconocida a nivel de nuestro ordenamiento jurídico. En este sentido, la formulación de nuestro Problema fue el siguiente: ¿EN QUÉ MEDIDA ES NECESARIO REGULAR LA FIGURA DE LA RESPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL CON LA FINALIDAD DE SUPERAR LA DEFICIENCIA NORMATIVA A NIVEL DEL ART. 1362 ¿DEL CÓDIGO CIVIL, RESPECTO DEL RESARCIMIENTO DE DAÑOS OCASIONADOS COMO CONSECUENCIA DE LA RUPTURA INJUSTIFICADA DE LOS TRATOS PRELIMINARES? En aplicación de los métodos lógicos y jurídicos, y considerando los fundamentos expuestos en los resultados, la jurisprudencia, la legislación comparada y entrevistas, se ha logrado concluir que resulta conveniente introducir en nuestro ordenamiento civil una reformulación legal que permita el no dejar desprovista de acción para solicitar una indemnización por aquellos daños y perjuicios que padece uno de los tratantes por el actuar de su contraparte que vulnera el principio de buena fe y lealtad, apartándose éste injustificadamente de las negociones, generándole una defraudación de las exceptivas fundadas en la celebración de un negocio jurídico. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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