Efectos jurídicos de aplicar lo prescrito en el artículo 345-A del código civil, en los procesos de divorcio por causal de separación de hecho luego del tercer pleno casatorio civil.
Descripción del Articulo
La presente tesis se ha denominado “Efectos jurídicos de aplicar lo prescrito en el artículo 345º-a del código civil, en los procesos de divorcio por causal de separación de hecho luego del Tercer Pleno Casatorio Civil”. Teniendo en cuenta, que el objetivo general de esta investigación es determinar...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2015 |
| Institución: | Universidad Privada Antenor Orrego |
| Repositorio: | UPAO-Tesis |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.upao.edu.pe:20.500.12759/1242 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12759/1242 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Efectos Jurídicos Procesos de Divorcio Causal de separación https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| Sumario: | La presente tesis se ha denominado “Efectos jurídicos de aplicar lo prescrito en el artículo 345º-a del código civil, en los procesos de divorcio por causal de separación de hecho luego del Tercer Pleno Casatorio Civil”. Teniendo en cuenta, que el objetivo general de esta investigación es determinar los mismos. Para cumplir dicho objetivo se ha utilizado como muestra, Sentencias Casatorias emitidas por la Corte Suprema antes y después de la emisión del Tercer Pleno Casatorio. Se ha empleado el método científico como principal y nos hemos apoyado con los métodos lógicos y específicos; así como las técnicas de la lectura, recopilación documental, fotocopiado, y escaneado. A través de la presente investigación se logró determinar cuáles son los efectos jurídicos de aplicar lo prescrito en el artículo 345-A del Código Civil luego del Tercer Pleno Casatorio, teniendo como principales los siguientes: La aplicación del principio de socialización, el ejercicio de la función tuitiva del juez, una mayor protección al cónyuge perjudicado, la flexibilización de los principios de congruencia, preclusión y eventualidad, así como la flexibilización en cuanto a las pretensiones, la naturaleza jurídica de la indemnización o adjudicación preferente de bienes, la misma que puede ser declarada de oficio o a instancia de parte. Así también, se ha encontrado posiciones doctrinarias de juristas, ya sea a favor o en contra del Tercer Pleno Casatorio. Permitiéndome dar algunas recomendaciones con la esperanza de que estas sean atendidas en su oportunidad |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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