Fundamentos jurídicos que permiten imponer un periodo de prueba menor al establecido en el artículo 57° del código penal, en los casos que se determina una pena privativa de la libertad menor a un año, vía conclusión anticipada negociada del proceso

Descripción del Articulo

Esta investigación tuvo como de partida el problema generado por la aplicación del artículo 57° del Código Penal, que impide imponer un periodo de prueba menor a un año, lo que genera una incongruencia en los casos en los que se ha accedido a la conclusión anticipada negociada y la pena privativa de...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Jara Sánchez, Silvia Marianela, Torres Saavedra, Zoila Maruja, Cabrera Villa, Richard Alexander
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2016
Institución:Universidad Privada Antonio Guillermo Urrelo
Repositorio:UPAGU-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upagu.edu.pe:UPAGU/142
Enlace del recurso:http://repositorio.upagu.edu.pe/handle/UPAGU/142
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Confesión
Interpretación
Necesidad
Pena
Ponderación
Suspensión de la ejecución de la pena
Penal
Descripción
Sumario:Esta investigación tuvo como de partida el problema generado por la aplicación del artículo 57° del Código Penal, que impide imponer un periodo de prueba menor a un año, lo que genera una incongruencia en los casos en los que se ha accedido a la conclusión anticipada negociada y la pena privativa de la libertad suspendida es menor a un año. En ese sentido, la pregunta formulada ha sido ¿Cuáles son los fundamentos jurídicos para sustentar la imposición de un periodo de prueba menor al establecido en el artículo 57° del Código Penal, en los casos en que por conclusión anticipada negociada del proceso, se haya acordado la imposición de una pena privativa de la libertad menor a un año?. La hipótesis que se ha demostrado es: Los fundamentos jurídicos pro homine y proporcionalidad sustentan la imposición de un periodo de prueba menor al establecido en el artículo 57° del Código Penal, en los casos en que por conclusión anticipada negociada del proceso, se haya acordado la imposición de una pena privativa de la libertad menor a un año. En base a dicha hipótesis se ha llevado un estudio aplicado en el que se buscó determinar, en el proceder de los magistrados, cuándo se presentan este tipo de circunstancias, para que, en base a dichos resultados se desarrollen los fundamentos que deben tenerse en cuenta para justificar la inaplicación de dicho artículo en casos específicos como el señalado anteriormente. Tal trabajo se desarrolló aplicando métodos tales como el dogmático, analítico, exegético y funcional; en concordancia con la técnica de análisis de datos y documental, cuyos resultados fueron debidamente registrados, procesados e interpretados.
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