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El principio constitucional Non Bis In Idem y el régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas del Ejército Peruano, Arequipa, 2017

Descripción del Articulo

El estudio realizado denominado EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL NON BIS IN IDEM Y EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL EJÉRCITO PERUANO, AREQUIPA, 2017, abordó la problemática que surge en la aplicación del Régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas a la luz del principio constitucional...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Castro Machicao, Leydy Karina
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Nacional de San Agustín
Repositorio:UNSA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unsa.edu.pe:UNSA/9813
Enlace del recurso:http://repositorio.unsa.edu.pe/handle/UNSA/9813
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Non bis in idem
Disciplina militar
Sanciones disciplinarias
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El estudio realizado denominado EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL NON BIS IN IDEM Y EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL EJÉRCITO PERUANO, AREQUIPA, 2017, abordó la problemática que surge en la aplicación del Régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas a la luz del principio constitucional non bis in idem, así como sus influencias y alcances en el procedimiento administrativo sancionador. Evaluando la realidad de nuestro país, se formuló la hipótesis precisando que de existir una triple sanción ante hechos que infrinjan la aplicación de Ley N° 29131, Código Penal y Código Penal – Militar, este hecho vulneraría el principio non bis in ídem, que proscribe la doble sanción en los casos donde se aprecie que en un mismo hecho tenemos misma identidad de sujeto, hecho y fundamento, situación que generaría inseguridad jurídica y la vulneración de derechos de los militares reconocidos en la Constitución Política del Perú. Luego de realizar la investigación y tomando en cuenta lo antes mencionado, pudimos concluir que, el actual proceso de aplicación de la Ley del Régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas es inconstitucional por no tener en cuenta las normas constitucionales del debido proceso entre las que se encuentra el principio non bis in idem.
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