La remuneración suficiente y remuneración mínima en la Constitución Política del Perú de 1993

Descripción del Articulo

Desde la vigencia de la Constitución de 1993 hasta la actualidad, en el Perú es constante la lucha por un aumento en la remuneración mínima que cubra las necesidades básicas del trabajador y su familia. Dicha remuneración es el límite mínimo que ha considerado el Estado, y dista de la remuneración s...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Quispe Rocha, Edwin
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Nacional de San Agustín
Repositorio:UNSA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unsa.edu.pe:UNSA/9581
Enlace del recurso:http://repositorio.unsa.edu.pe/handle/UNSA/9581
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Remuneración suficiente mínima
Periodicidad
Prográmatico
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Desde la vigencia de la Constitución de 1993 hasta la actualidad, en el Perú es constante la lucha por un aumento en la remuneración mínima que cubra las necesidades básicas del trabajador y su familia. Dicha remuneración es el límite mínimo que ha considerado el Estado, y dista de la remuneración suficiente que nuestra constitución se propone garantizar, la cual no es efectiva para muchos peruanos, pues es tratada como derecho programático, de allí parte la importancia del papel que juega la remuneración suficiente y su relación con la remuneración mínima, pues repercute en cada trabajador y su familia; pues, mientras la primera es un derecho fundamental que debería ser efectiva, esta solo queda como un propósito realizable dependiendo de la real situación económica del Estado y aun así, va depender de la oferta y la demanda laboral, por lo que se hace difícil su cumplimiento; la segunda es un límite determinado por nuestros gobernantes, que sin embargo, es factible su determinación, regulación y a través de ella en algo garantizar ingresos mínimos que cubran las necesidades del trabajador y su familia; por tanto es necesario establecer el periodo de fijación de la remuneración mínima en artículo 24 de la Constitución Política del Perú de 1993.
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