La aplicabilidad de la teoría de los actos propios en el derecho laboral peruano a la luz de la irrenunciabilidad de derechos
Descripción del Articulo
En un nuevo contexto del trabajo subordinado es cada vez más frecuente que la figura del trabajador deje de ser tan uniforme, tornándose en una categoría flexible, tendiendo a que el nivel de autonomía de dicha parte vaya in crescendo, circunstancia esta que acarrea el incremento paulatino de situac...
| Autor: | |
|---|---|
| Formato: | tesis de maestría |
| Fecha de Publicación: | 2023 |
| Institución: | Universidad Nacional Mayor de San Marcos |
| Repositorio: | UNMSM-Tesis |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:cybertesis.unmsm.edu.pe:20.500.12672/19668 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12672/19668 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Derecho y legislación del trabajo - Perú Buena fe (Derecho) https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | En un nuevo contexto del trabajo subordinado es cada vez más frecuente que la figura del trabajador deje de ser tan uniforme, tornándose en una categoría flexible, tendiendo a que el nivel de autonomía de dicha parte vaya in crescendo, circunstancia esta que acarrea el incremento paulatino de situaciones en las que aquél celebra actos que recaen sobre derechos o condiciones disponibles, esto es, sin que se trasgredan normas imperativas, propiciando a menudo supuestos de ejercicio abusivo de derechos o transgresiones a la buena fe contractual como consecuencia de adoptar comportamientos que suelen defraudar las expectativas ya generadas. Sin embargo, en la práctica jurisprudencial se ha venido aplicando habitual e irrestrictamente el principio de irrenunciabilidad de derechos consagrado en el numeral 2) del artículo 26° de la Constitución Política del Estado, extendiendo sus efectos tuitivos en situaciones que como las descritas previamente se encuentran excluidas de su ámbito de influencia. Es en ese escenario que, sin desconocer la relevancia de la garantía aludida supra -la cual hunde sus raíces en el principio protector que informa todo el cuerpo del Derecho del Trabajo-, en el trabajo se propone el enjuiciamiento de determinados supuestos desde el enfoque de la aplicación, en esta rama jurídica, de la teoría de los actos propios concebida como una de las manifestaciones del principio general de la buena fe que es transversal a todo el Derecho. Es así que, en consonancia con ello, se intenta proponer al operador jurídico un nuevo enfoque en la valoración de situaciones del tipo a las que se ha hecho alusión supra, de modo tal que, que una vez superado el examen de irrenunciabilidad, aquellas se analicen desde la teoría de los actos propios cuando así lo amerite. Por esta razón es que se ha enunciado como problema principal la aplicabilidad de la Teoría de los Actos Propios en el Derecho Laboral peruano contextualizándolo dentro del campo de exclusión del principio de irrenunciabilidad de derechos. Ante ello se destaca que como hallazgo se encontró que la referida teoría, si es aplicable en el Derecho Laboral Peruano en algunos supuestos de manera residual y restringida, sin colisionar con el principio de irrenunciabilidad de derechos, en tal sentido, se propone un método tentativo o prueba lógica para su debida aplicación. |
|---|
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).