Expediente Penal N° 25395-2012 Robo Agravado
Descripción del Articulo
El 20 de octubre de 2012, personal de la comisaría Santa Elizabeth - Lima, a solicitud de Edson Joel Ñañez Pérez (18) intervino a Víctor Alberto Cotaquispe Valerio (29), quien en compañía de otro sujeto le arrebató su teléfono celular. El hecho ilícito sucedió en circunstancias que el agraviado se e...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2019 |
Institución: | Universidad Peruana de Las Américas |
Repositorio: | ULASAMERICAS-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:192.168.10.17:upa/636 |
Enlace del recurso: | http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/636 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Corte Suprema Sala Penal |
Sumario: | El 20 de octubre de 2012, personal de la comisaría Santa Elizabeth - Lima, a solicitud de Edson Joel Ñañez Pérez (18) intervino a Víctor Alberto Cotaquispe Valerio (29), quien en compañía de otro sujeto le arrebató su teléfono celular. El hecho ilícito sucedió en circunstancias que el agraviado se encontraba en el interior de una tienda, a dos cuadras de su domicilio, donde fue interceptado por el imputado, quien lo cogió por la espalda, y con una botella rota lo amenazó y en compañía de otro sujeto lo sacaron de la tienda para luego conducirlo a su vivienda del imputado, una vez en el interior lo despojaron de su celular. El imputado, en presencia de la representante del ministerio público aceptó haber participado en el hecho delictuoso. Durante el registro personal que se le efectuó al imputado, por parte del personal policial interviniente, no se le halló ninguna pertenencia del agraviado. Víctor Alberto Cotaquispe Valerio fue condenando a como autor del delito contra el patrimonio – robo agravado y le impuso a doce años de pena privativa de libertad efectiva y fijó la suma de diez mil soles por concepto de reparación civil a favor del agraviado. Dicha sentencia fue materia de recurso de nulidad interpuesto por el sentenciado, el mismo que fue concedido. El Ministerio Público interpuso recurso de nulidad, sin embargo, al no cumplir con presentar los fundamentos de ley fue declarado improcedente. Elevado el expediente a la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, fue remitido a la Primera Fiscalía Suprema en lo Penal que mediante dictamen, opinó no haber nulidad en la sentencia impugnada. Devuelto el expediente a la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, el 9 de julio de 2015, declaró haber nulidad en la sentencia impugnada, y reformándola absolvió a Víctor Alberto Cotaquispe Valerio de la acusación fiscal |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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