Incumplimiento de la pensión de alimentos de menores de edad
Descripción del Articulo
Si bien nuestra legislación nacional reconoce que los padres sean responsables, en especial, con el hecho de cumplir con el pago de pensión de alimentos en favor de los hijos menores de edad, sin embargo, la realidad muestra que esta no es efectiva, es decir, existen menores de edad cuyos padres obl...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2022 |
Institución: | Universidad Peruana de Las Américas |
Repositorio: | ULASAMERICAS-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:192.168.10.17:upa/1999 |
Enlace del recurso: | http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/1999 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Pensión de alimentos Incumplimiento Menores de edad Responsabilidad del Estado Derecho fundamental http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
Sumario: | Si bien nuestra legislación nacional reconoce que los padres sean responsables, en especial, con el hecho de cumplir con el pago de pensión de alimentos en favor de los hijos menores de edad, sin embargo, la realidad muestra que esta no es efectiva, es decir, existen menores de edad cuyos padres obligados judicialmente o por acuerdo conciliatorio, no cumplen con dicha obligación; en ese sentido, bajo el amparo de la Convención sobre los Derechos del Niño, que en su inciso 1 del artículo 27 se reconoce el derecho del menor a una vida adecuada, garantizando su desarrollo de forma integral, y en su inciso 3 del mismo artículo se exige al Estado a tomar medidas tendientes a asegurar el pago de pensión de alimentos, y bajo el amparo del citado artículo 25 del CNA, resulta necesario que el Estado peruano intervenga en dicha problemática de menores de edad desatendidos, proporcionando una protección económica y así garantizar la plena efectividad del pago de la pensión de alimentos debidamente reconocidas –por mandato judicial o por acuerdo conciliatorio– e impagadas, y por lo tanto, garantizar que la negativa o la imposibilidad real del deudor alimentario para el pago de dicha pensión no sean una barrera para el adecuado y efectivo nivel de vida para el desarrollo integral que dicha Convención proclama. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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