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tesis de grado
Si bien nuestra legislación nacional reconoce que los padres sean responsables, en especial, con el hecho de cumplir con el pago de pensión de alimentos en favor de los hijos menores de edad, sin embargo, la realidad muestra que esta no es efectiva, es decir, existen menores de edad cuyos padres obligados judicialmente o por acuerdo conciliatorio, no cumplen con dicha obligación; en ese sentido, bajo el amparo de la Convención sobre los Derechos del Niño, que en su inciso 1 del artículo 27 se reconoce el derecho del menor a una vida adecuada, garantizando su desarrollo de forma integral, y en su inciso 3 del mismo artículo se exige al Estado a tomar medidas tendientes a asegurar el pago de pensión de alimentos, y bajo el amparo del citado artículo 25 del CNA, resulta necesario que el Estado peruano intervenga en dicha problemática de menores de edad desatendidos, proporcionando...
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