Ineficacia e invalidez de la cadena perpetua y su relevancia jurídica en un estado social democrático de derecho

Descripción del Articulo

El presente estudio, se sustenta en una investigación teórica dogmática, que lleva como título: “INEFICACIA E INVALIDEZ DE LA CADENA PERPETUA; Y SU RELEVANCIA JURÍDICA EN UN ESTADO SOCIAL DEMOCRÁTICO DE DERECHO.2020 (Con relación a la Reducción y Revisión de la Cadena Perpetua por una más Benigna a...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Tello del Carpio, Alvaro Ernesto
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Peruana de Las Américas
Repositorio:ULASAMERICAS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:192.168.10.17:upa/1923
Enlace del recurso:http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/1923
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Relevancia jurídica
Cadena perpetua
Derecho penal indigno
Inconstitucionalidad
Beneficios penitenciarios
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El presente estudio, se sustenta en una investigación teórica dogmática, que lleva como título: “INEFICACIA E INVALIDEZ DE LA CADENA PERPETUA; Y SU RELEVANCIA JURÍDICA EN UN ESTADO SOCIAL DEMOCRÁTICO DE DERECHO.2020 (Con relación a la Reducción y Revisión de la Cadena Perpetua por una más Benigna a favor de los Sentenciados). Mediante esta investigación se busca analizar y demostrar que la cadena perpetua, carece de eficacia y validez constitucional, contraviene los fines de los derechos humanos, promueve el derecho penal injusto y reprocha la dignidad, por esta razón la cadena perpetua se transfigura en arbitrario e injusta al evitar los principios constitucionales que salvaguardan al individuo. Por lo cual, uno de los principales objetivos de esta investigación es demostrar que la cadena perpetua, es una pena intemporal, aniquiladora, contrario a los fines de una pena en un estado de derecho, que solo genera tratos crueles e inhumanos al penado. Cabe destacar, asimismo, que el Tribunal Constitucional abdica en su papel de máximo traductor de la constitución, resolviendo la peculiaridad del régimen carcelario de forma objetiva, a partir de una óptica más hipotética que realista al justificar y convalidar indebidamente una norma jerárquica inferior, como es el Decreto Legislativo N.º 921. Mediante el cual groseramente, se relativiza con plazos y procedimientos inadecuados, trasgrediendo la norma constitucional (139-22) afectando sustancialmente, el Título Preliminar en su artículo IX del Código Penal que establece, que la pena tiene función explicita de resocializar al penado.
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