Calidad de sentencias de primera y segunda instancia sobre peculado por apropiación; Expediente N° 01048-2021-6-0201-JR-PE-05; distrito judicial de Áncash - Huaraz. 2025

Descripción del Articulo

El objetivo en la presente investigación es: Determinar la calidad de las sentencias de primera y segunda instancia peculado de apropiación, según los parámetros normativos, doctrinarios y jurisprudenciales pertinentes, en el expediente Nº 01048-2021-6-0201-JR-PE-05, del Distrito Judicial de Ancash...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Palacios Ichiparra, Naihyla Iris
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Católica los Ángeles de Chimbote
Repositorio:ULADECH-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uladech.edu.pe:20.500.13032/40662
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13032/40662
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Calidad
Motivación
Peculado por Apropiación
Sentencia
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El objetivo en la presente investigación es: Determinar la calidad de las sentencias de primera y segunda instancia peculado de apropiación, según los parámetros normativos, doctrinarios y jurisprudenciales pertinentes, en el expediente Nº 01048-2021-6-0201-JR-PE-05, del Distrito Judicial de Ancash – Huaraz. 2025 es de nivel descriptivo; de tipo cualitativo; no experimental, retrospectivo y transversal; las técnicas aplicadas para extraer los datos de las sentencias pertenecientes a un solo proceso judicial, son: la observación y el análisis de contenido; el instrumento empleado una lista de cotejo. De acuerdo a los resultados la calidad de la parte expositiva, considerativa y resolutiva de la primera sentencia es: muy alta, muy alta, muy alta; mientras que de la segunda sentencia: muy alta, muy alta, y muy alta. En conclusión, ambas sentencias se ubicaron en el rango de muy alta. El proceso concluyó por sentencia condenatoria en primera la pena fue: cuatro años de pena privativa de la libertad, las cuales tuvieron el carácter de suspendida por el periodo de prueba de tres años, asimismo se le impuso 180 días multa que equivalen a S/. 1,260.00 (Mil doscientos sesenta) y la reparación civil fue: S/. 2,548.00 (Dos mil quinientos cuarenta y ocho), En segunda instancia la decisión fue cuatro años de pena privativa de la libertad, la cual tuvo el carácter de suspendida, fijándose el periodo de prueba de tres años y la reparación civil fue: S/.2,548.00 (Dos mil quinientos cuarenta y ocho).
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