La prueba pericial dactiloscópica y la valoración en el Nuevo Código Procesal Penal
Descripción del Articulo
La presente investigación tiene como finalidad dar a conocer aspectos en torno a la prueba pericial dactiloscópica y su valoración que se le otorga en el Nuevo Código Procesal Penal, por cuanto el juez frecuentemente requiere el aporte de ciertas materias científicas, artes u oficios que pueda brind...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2023 |
Institución: | Universidad Inca Garcilaso de la Vega |
Repositorio: | UIGV-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.uigv.edu.pe:20.500.11818/7440 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.11818/7440 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | prueba pericial pericia dactiloscopía perito proceso penal |
Sumario: | La presente investigación tiene como finalidad dar a conocer aspectos en torno a la prueba pericial dactiloscópica y su valoración que se le otorga en el Nuevo Código Procesal Penal, por cuanto el juez frecuentemente requiere el aporte de ciertas materias científicas, artes u oficios que pueda brindarle un experto, que de acuerdo a Cafferata (2003) “es útil para el descubrimiento o la valoración de un elemento de prueba”, y, tratándose de la ciencia dactiloscópica que es una de las especialidades que más utilidad tienen en las unidades forenses debido a su bajo costo y fácil aplicación de su metodología, demostrara que una persona sujeta a investigación se encontraba presente al momento de un ilícito penal, teniéndose en consideración lo señalado por Higa (2010) que: “En el proceso de valoración de la prueba pericial es necesario que el juzgador realice, de forma conjunta, un examen objetivo, subjetivo y concreto de esta prueba, sin infravalorarla o sobredimensionarla”. En efecto, el juez encontrara un mayor grado de convicción al momento de sentenciar u absolver, es menester señalar que el administrador de justicia no debe confiar ciegamente en lo indicado por los expertos en su informe pericial, sino que debe efectuar una valoración conforme a lo precitado por la jurisprudencia, y lo que prescribe el Art. 158, Inc. 1 del Código Procesal del 2004. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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