Delito de Negociación incompatible, caso ex gobernador regional de Ayacucho, Wilfredo Oscorima Nuñez
Descripción del Articulo
El presente trabajo consiste en analizar la ejecutoria del expediente Nro. 2603- 2014-96-1401-JR-PE-03, delito de negociación incompatible, en agravio del Estado-Gobierno Regional de Ayacucho, ocasionado por Don Wilfredo Oscorima Nuñez, ex gobernador regional. El objetivo fue analizar las motivacion...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2022 |
| Institución: | Universidad Inca Garcilaso de la Vega |
| Repositorio: | UIGV-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.uigv.edu.pe:20.500.11818/6751 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.11818/6751 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Negociación incompatible Corrupción de funcionarios Delitos contra administración pública Principio de Confianza Contratación exonerado Gobierno Regional de Ayacucho |
| Sumario: | El presente trabajo consiste en analizar la ejecutoria del expediente Nro. 2603- 2014-96-1401-JR-PE-03, delito de negociación incompatible, en agravio del Estado-Gobierno Regional de Ayacucho, ocasionado por Don Wilfredo Oscorima Nuñez, ex gobernador regional. El objetivo fue analizar las motivaciones de la Corte Suprema de Justicia, del porqué consideró nula las sentencias condenatorias dadas en Primera y Segunda Instancia, a raíz del Recurso de Casación N° 23 – 2016, a pesar de haberse demostrado con suficientes pruebas indiciarias que acreditan la comisión de dicho delito. Wilfredo Oscorima Nuñez obtiene la libertad por el Tribunal Supremo, basándose en dos argumentos: a) Que sí existía una situación de emergencia del sistema vial de Ayacucho y ello justificaba el procedimiento de contratación exonerado; y, b) El gobernador actuó bajo el principio de confianza. Podemos colegir que no es aplicable el Principio de Confianza en este caso, porque el Superior Jerárquico, Gobernador, tenía conocimiento de la realización del comportamiento antijurídico del Proyecto de Fortalecimiento de la Capacidad Resolutiva del Servicio de Equipo Mecánico, por el monto de S/. 20, 000 000.00 soles; además, las políticas respecto al manejo de riesgos, producto de las lluvias estacionales eran previsibles y no correspondían a una situación de emergencia. Por ello, la Fiscalía imputó que la aplicación de la simulación de una situación de emergencia, no tenía sustento objetivo para que se convoque irregularmente al proceso de Exoneración. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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