Demanda de Alimentos
Descripción del Articulo
I.- En el proceso Civil, el Trabajo por suficiencia profesional. Expediente en materia Civil sobre alimentos: Dalila CCORA CRISPIN con DNI ( ) domicilio en jr. loreto Mz 57 Lote 10 distrito del tambo provincia de Huancayo Dpto. de Junín, con fecha 22 de setiembre interpone una demanda sobre alimento...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2023 |
| Institución: | Universidad Inca Garcilaso de la Vega |
| Repositorio: | UIGV-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.uigv.edu.pe:20.500.11818/7676 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.11818/7676 |
| Nivel de acceso: | acceso embargado |
| Materia: | El Litis Alimentos el latín alimentium (obligado al pago de la pensión) https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | I.- En el proceso Civil, el Trabajo por suficiencia profesional. Expediente en materia Civil sobre alimentos: Dalila CCORA CRISPIN con DNI ( ) domicilio en jr. loreto Mz 57 Lote 10 distrito del tambo provincia de Huancayo Dpto. de Junín, con fecha 22 de setiembre interpone una demanda sobre alimentos ante. II.- El -EXP. N° 2930-2021-, en merito Art. 472 y 481 del código del niño y adolescente, litis su pretensión es el pago por concepto de alimentos: A favor de sus menores hijas Brenda Valeria Burgos Crispín (02) de edad y Briana Kristel Burgos Crispín (06), teniendocomo pretensión la suma S/3,000.00 soles, mensuales a favor de sus hijas, que el citado emplazado tiene un ingreso suficiente para cubrir los gastos por ser dueño de una moto taxi,por pagos de estudios vestidos (et al), asimismo presenta medios probatorios, adjunta partida de Nacimiento DNI. Constancia de Estudios. y se dirige contra Antony BURGOS MUNARRIS, con DNI (…….) señalando domicilio en Jr. Ica 121 provincia de Chincha, Universidad Inca Garcilaso de la Vega – Facultad de Tecnología Médica 7 Departamento de Ica; contando con la letrada (dra.…..), que le confiere Art. 80 en su representación Art. 74, y 75 del C.P.C Teniendo en PRIMERA INSTANCIA: Resolución No 1 de fecha 7 de Octubre 2021, del PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL TAMBO CEDE CENTRAL -Se Resuelve: Consentida la Demanda a favor de la recurrente en representación de sus menores hijas, VIA Proceso Único se corre traslado a las partes para su conocimiento mediante la Central de Notificaciones. El demandado contesta. Demanda dentro del plazo concedido Absuelve la Demanda mediante su Abogado (Dr.….), Letrado que le confiere en su representación y que, la Citada actora no se ajusta a la verdad en su pretensión que solicita al señor juez del primer juzgado de paz letrado del tambo; Que, el Citado emplazado trabajo como chofer de mototaxi alquiler teniendo un ingreso de S/30.00 soles diarios ofreciendo la suma S/400.00 soles, mensualesa favor sus hijas alimentistas ya que tiene responsabilidad de mantener a otro hijo, A. Gael Antony BURGOS GUTIERREZ, (01) año de nacido medios probatorio partida de Nacimiento otorgada por la Municipalidad del cercado de esta ciudad, asimismo mediante declaración jurada hace conocimiento que gana S/900.00 soles mensuales, mediante SENTENCIA de fecha 5 de Abril del año en curso el señor juez, en su judicatura mediante Audiencia - DISPONE: que demandado abonara la suma de S/300.00 soles para cada una de sus hijas Brenda Valeria BURGOS CRISPIN y Briana Kristel BURGOS CRISPIN, Referente al Expediente 02930-2021-0-JP-FC-01. En total de pagar la suma de S/600.00 soles mensuales que abonara ante el Banco de Nación, a nombre de la recurrente, en representación de sus menores hijas, señalando Número Cuenta, (34. Pr.) |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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