LOS CRITERIOS NORMATIVOS Y FACTICOS DE LOS JUECES EN LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD DE LAS PENAS EN DELITOS DE T.I.D EN EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TINGO MARÍA - HUANUCO, 2014

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación esquematiza, respecto a los aspectos que comprende el principio de proporcionalidad desde la perspectiva del legislador quien determina el mínimo y el máximo de la pena en el delito de tráfico ilícito de drogas él es quien define el quantum de una pena para este...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Salas Valles, Arturo Raul
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad de Huánuco
Repositorio:UDH-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.udh.edu.pe:123456789/1315
Enlace del recurso:http://repositorio.udh.edu.pe/123456789/1315
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación esquematiza, respecto a los aspectos que comprende el principio de proporcionalidad desde la perspectiva del legislador quien determina el mínimo y el máximo de la pena en el delito de tráfico ilícito de drogas él es quien define el quantum de una pena para este caso particular. Y al mismo tiempo es quien establece los criterios para la aplicación del principio de proporcionalidad de las penas a los delitos previstos en el Artículo 296 - B del Código Penal peruano. Se advierte en el presente trabajo que el 47.06% de los jueces encuestados indican que si existe una distorsión del principio de proporcionalidad, mientras que el 52.94% de los jueces encuestados indican que no existe una distorsión del principio de proporcionalidad. Asimismo el estudio indica que el 52.94% de los jueces encuestados indican que nuestro Código no precisa sobre micro comercialización y micro producción de materias primas o insumos para ser destinados a la elaboración de droga y el 47.06% de jueces encuestados indican que si lo precisa. En este orden de ideas de un total de 17 jueces encuestados el 82.35% indican que si tomaron en consideración la cantidad de insumo comisado y el 17.65% de jueces encuestados indican que no tomaron en consideración la cantidad de insumo comisado. Esto es para determinar la pena mínima y máxima. Finalmente el 82.35% de jueces indican que el tercer párrafo del Art.296 del C.P sobre materias primas o insumos para ser destinados a la elaboración ilegal de drogas debería ser reglamentado e incorporado una tabla respecto a la cantidad del I.Q.P.F.C, para en virtud de esto determinar la pena y reparación civil y solo el 17.65% de jueces indican que no debería de ser reglamentada ni incorporada. En la realidad fáctica los jueces no aplican los criterios normativos al momento de aplicar el principio de proporcionalidad de las penas en los delitos de tráfico ilícito de drogas. De la misma manera los jueces si toman en consideración la cantidad de insumo comisado para determinar las penas.
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