El delito de tenencia ilegal de armas en la Casación N° 211-2014-Ica: ¿Infracción administrativa o delito?

Descripción del Articulo

El principal objetivo de la tesis es ofrecer criterios que permitan delimitar el ámbito estrictamente administrativo (tenencia irregular de armas), del ámbito propiamente penal (tenencia ilegal de armas), partiendo del pronunciamiento de la Corte Suprema en la Casación 211-2014-Ica. Es decir, se bus...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Córdova Ramos, Yasminy Estefany
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad de Piura
Repositorio:UDEP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:pirhua.udep.edu.pe:11042/4714
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/11042/4714
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Armas de fuego -- Legislación
Tenencia ilícita de armas -- Jurisprudencia
Ilegalidad
Delitos
D343.2
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El principal objetivo de la tesis es ofrecer criterios que permitan delimitar el ámbito estrictamente administrativo (tenencia irregular de armas), del ámbito propiamente penal (tenencia ilegal de armas), partiendo del pronunciamiento de la Corte Suprema en la Casación 211-2014-Ica. Es decir, se busca que no se castigue arbitraria e injustamente la comisión del hecho de la tenencia no autorizada de armas, pues no es lo mismo tenencia ilegal que irregular. Dentro del análisis, se tiene en cuenta el Decreto Supremo N° 002-2005-IN, el cual en sus artículos 4 y 5 regula la tenencia ilegal e irregular de armas, respectivamente. La metodología de la investigación es descriptiva y analítica, la información que se referencia es de fuentes bibliográficas y legislativas, tanto internacionales como nacionales, aunque se centra en la regulación administrativa y penal nacional. Asimismo, se incluye jurisprudencia emitida por la Corte Suprema de la República. Finalmente, se concluye que el delito de tenencia ilegal de armas es uno de peligro abstracto, por lo que el arma no debe usarse. No obstante, considerando la falta de verificación del funcionamiento del arma en el caso concreto contenido en la Casación Nº 211-2014-Ica, se genera una duda razonable respecto de esta característica del arma, por lo que, haciendo un análisis de la justificación material en el caso concreto, no existe el peligro suficiente al bien jurídico como para configurar el delito. Por lo tanto, en aplicación del principio de mínima intervención, en este caso no debe entrar a tallar el derecho penal y, en consecuencia, fue correcto declarar infundado el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público.
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