Vulneración del derecho de reposición de los trabajadores de confianza mixta que son despedidos en aplicación del VII Pleno Supremo Laboral

Descripción del Articulo

En el presente trabajo de investigación se tiene como objetivo determinar la afectación del derecho a la adecuada protección contra el despido de los trabajadores de confianza mixta contenido en el acuerdo cuarto del VII pleno Supremo Laboral. De enfoque cualitativo y diseño teoría fundamentada. Se...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Córdova Cabrera, Florentino Marco Antonio, Díaz Obando, Luciano Gabriel
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/63192
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/63192
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Trabajadores
Estabilidad laboral
Contratos de trabajo
Derecho laboral
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En el presente trabajo de investigación se tiene como objetivo determinar la afectación del derecho a la adecuada protección contra el despido de los trabajadores de confianza mixta contenido en el acuerdo cuarto del VII pleno Supremo Laboral. De enfoque cualitativo y diseño teoría fundamentada. Se aplicó la técnica de la entrevista, como instrumento la guía de entrevista aplicada a 7 abogados especialistas, y también se utilizó el análisis de documentos de las sentencias del Tribunal Constitucional. Datos recolectados, se denota la vulneración a la adecuada protección frente al despido arbitrario, el derecho a la estabilidad laboral como a su vez principios constitucionales, como son el principio de continuidad, razonabilidad e interdicción de arbitrariedad; Con respecto al pronunciamiento del cuarto acuerdo del VII Pleno Supremo Laboral acordaron una posición que los trabajadores de confianza mixta que pertenecen al sector privado, les corresponde el pago de una IDA en caso su empleador le prohíba reincorporarse a su anterior puesto de trabajo luego del retiro de confianza. Como consecuencia este pleno deja al trabajador evidentemente en estado de indefensión frente al empleador, sin la posibilidad que pueda demandar la reincorporación a su anterior cargo de trabajo de funciones comunes u ordinarias.
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