Adaptación del teletrabajo a personas con discapacidad en la ley N° 29973 - en el distrito del Callao 2022

Descripción del Articulo

Este trabajo de investigación, tuvo como objetivo determinar como la implementación del teletrabajo de forma obligatoria y no facultativa para las PCD en la ley N°29973, influye en el derecho al trabajo frente a las barreras estructurales y sociales que les impone la sociedad. Se utilizó para la rea...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores: Angeldonis Moreno, Mayra Alejandra, Huaman Monterroso, Emilio
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/106240
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/106240
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Obligatoriedad (Derecho)
Estado de derecho
Flexibilidad laboral
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:Este trabajo de investigación, tuvo como objetivo determinar como la implementación del teletrabajo de forma obligatoria y no facultativa para las PCD en la ley N°29973, influye en el derecho al trabajo frente a las barreras estructurales y sociales que les impone la sociedad. Se utilizó para la realización de esta investigación, el diseño no experimental, con un enfoque cualitativo, método inductivo y como técnica la entrevista y como instrumento la guía de entrevista. Como resultados se obtuvo que la implementación del teletrabajo de forma obligatoria y no facultativa en la ley N° 29973; favorecerá de manera oportuna, eficiente y eficaz al derecho al trabajo, así como también se garantiza el ingreso al mercado laboral de estas personas, mermando estas estas barreras estructurales y sociales que impone la sociedad. Se concluyó que la Ley general de la persona con discapacidad N° 29973 en el capítulo VI, en el cual aborda el trabajo y empleo; presenta ciertas deficiencias en la incorporación de la PCD a un centro de labores, por que el artículo 50 de la presente ley habla de adaptación y ajustes razonables, pero no hace mención de forma literal el uso del teletrabajo parcial o total de forma obligatoria; es por eso que consideramos que es necesario modificar o agregar un nuevo artículo a la presente ley.
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