Transferencia de propiedad predial por compra venta y la seguridad juridica al adquiriente en el código civil Peruano

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación tuvo como objetivo determinar si el sistema de transferencia de propiedad predial por compra venta, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 949° del Código Civil Peruano, otorga seguridad jurídica al adquiriente; porque a raíz de esto se podrá dar a conocer los...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Namay Pereda, Luis Henry, Quintana Escobar, Robert Carlos
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/102842
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/102842
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Seguridad jurídica
Ventas
Derecho de familia
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación tuvo como objetivo determinar si el sistema de transferencia de propiedad predial por compra venta, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 949° del Código Civil Peruano, otorga seguridad jurídica al adquiriente; porque a raíz de esto se podrá dar a conocer los principales problemas que se vienen suscitando en el ámbito privado y jurisdiccional, respecto a la propiedad predial. Por lo cual, se recurrió al enfoque descriptivo y cualitativo, con el fin de poder lograr los objetivos planteados, para ello se usó como instrumento el cuestionario a través de la entrevista a los jueces especialistas en materia civil de la Corte Superior de Justicia de Trujillo, y el análisis documental de jurisprudencias, los cuales fueron destinados a su comprobación en base a la problemática planteada que dio inicio al desarrollo de esta investigación. Se llegó a la conclusión que el actual sistema de transferencia de propiedad predial, regulado en el artículo 949° del Código Civil Peruano, no otorga seguridad jurídica al adquiriente, al no ser perfeccionado este derecho de propiedad en el registro predial, lo cual no lo hace oponible frente a terceros por no ser de conocimiento público; ya que en la actualidad la inscripción de compra venta de bienes en registro público no es obligatoria, sino es facultativa.
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