La fecundación post mortem frente a la procreación de la mujer y filiación del hijo en el marco del derecho comparado-España

Descripción del Articulo

La tesis presentada es de tipo cualitativo no experimental, cuyo objetivo es determinar el vínculo matrimonial, como factor para la disponibilidad de la fecundación post mortem, frente a la procreación de la mujer y su filiación del hijo en el marco del Derecho Comparado- España. Por haberse present...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Martínez Pumacayo, Neshla Yuvitsa
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2015
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/120737
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/120737
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:Fecundación post mortem
Derecho a la procreación
Filiación
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La tesis presentada es de tipo cualitativo no experimental, cuyo objetivo es determinar el vínculo matrimonial, como factor para la disponibilidad de la fecundación post mortem, frente a la procreación de la mujer y su filiación del hijo en el marco del Derecho Comparado- España. Por haberse presentado, casos de esta modalidad a nivel internacional. Asimismo hacer conocimiento que en la realidad existen acontecimientos en que las parejas casadas ya no suelen tener un hijo de manera natural, si no artificialmente, gracias a los avances científicos que han dado una solución a las mujeres y hombres que padecen de infertilidad y den la oportunidad de formar una familia, asimismo de ser madres y procrear hijos como todo anhelo de todo madre y finalidad de un matrimonio. Para ello también es necesario nombrar que para el desarrollo de la presente tesis se ha utilizado herramientas metodológicas, como estudio de la ley en el marco comparado, se han recogido entrevista de especialistas en el tema, análisis de fuente documental, análisis de la casuística a nivel internacional. Y por último se llegó a la conclusión que a nivel internacional son las mujeres viudas, que a falta del consentimiento del cónyuge fallecido, tienen el derecho a su procreación y el hijo a su filiación, por ello se hizo recomendaciones al estado, que la Fecundación post mortem (FPM) debe de regularse e incluirse, ante una nueva reforma en el código civil.
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