La eutanasia y el derecho a la objeción de conciencia del médico en el Perú

Descripción del Articulo

En el Perú, el derecho de objeción de conciencia a la eutanasia ha sido tema de debate legal y jurisprudencial. El TC ha establecido que este derecho puede ser implícitamente protegido por el art. Tercero de la constitución de 1993, el cual salvaguarda los derechos no enumerados o escritos. Esto per...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Peña Alfaro, Lizz Erika
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/177528
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/177528
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Eutanasia
Muerte
Derecho
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En el Perú, el derecho de objeción de conciencia a la eutanasia ha sido tema de debate legal y jurisprudencial. El TC ha establecido que este derecho puede ser implícitamente protegido por el art. Tercero de la constitución de 1993, el cual salvaguarda los derechos no enumerados o escritos. Esto permite a los profesionales de la salud negarse a participar en casos de eutanasia por motivos éticos o religiosos. La posible regulación de la eutanasia y la limitación de la objeción de conciencia han sido analizadas en el país, considerando sus efectos legales y su importancia en la práctica médica. La objeción de conciencia se reconoce como relevante en situaciones de muerte digna, al permitir a los profesionales de la salud actuar conforme a sus convicciones personales. Este derecho busca conciliar los valores en conflicto, protegiendo tanto la autonomía de los pacientes como la libertad de conciencia de los médicos. Sin embargo, se requiere encontrar un equilibrio adecuado para brindar el servicio de salud adecuado y el respeto a los derechos de los pacientes. En resumen, el Perú reconoce el derecho de objeción de conciencia en casos de eutanasia, otorgando a los profesionales de la salud la facultad de negarse a participar en estos procedimientos por motivos éticos o religiosos, siempre y cuando se garantice el acceso a la atención médica y se respeten los derechos de los pacientes.
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