Vulneración al principio de irrenunciabilidad de los derechos laborales y el plazo de la prescripción de la acción en el ámbito laboral

Descripción del Articulo

La presente investigación tuvo como objetivo general, analizar de qué manera se vulnera el principio de irrenunciabilidad de los derechos laborales por la prescripción de la acción en el ámbito laboral. En relación a la metodología, se empleó el enfoque cualitativo, tipo básico, diseño de teoría fun...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Perez Morales, Randi Manuel
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/134652
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/134652
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Principio de irrenunciabilidad
Derechos laborales
Plaza razonable
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación tuvo como objetivo general, analizar de qué manera se vulnera el principio de irrenunciabilidad de los derechos laborales por la prescripción de la acción en el ámbito laboral. En relación a la metodología, se empleó el enfoque cualitativo, tipo básico, diseño de teoría fundamentada, aplicando guía de entrevista y análisis documental para la obtención de resultados. Finalmente, se concluyó que, el principio de irrenunciabilidad se vulnera debido a la regulación de 4 años prescritos por la ley N°27321, al considerarse un plazo no razonable para ejercer el reconocimiento de los derechos labores. Por otro lado, las características del principio son: imprescindible, inherentes, imprescriptibles e irrenunciables; sin embargo, no se garantiza la seguridad jurídica y. por cuanto, no hay certeza del derecho para el trabajador; ya que, el plazo de prescripción, no es razonable para ejercer mecanismos de acciones legales, mientras que, dentro del derecho comparado, se considera como un derecho irrenunciable, el cual, no es de libre disposición para el trabajador, por lo que, dentro de los lineamientos para la solución de la problemática se propone la derogación o modificación de la Ley N°27321 que prescribe el plazo de 4 años de prescripción de la acción.
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