Una fundamentación bioética y jurídica para el reconocimiento de la objeción de conciencia institucional en el Perú

Descripción del Articulo

El objetivo de este estudio ha sido proponer una fundamentación (basada en argumentos bioéticos y jurídicos) que sustente la necesidad de reconocer la figura de la objeción de conciencia institucional en el ordenamiento jurídico peruano. La metodología empleada ha sido el enfoque cualitativo y el di...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Quiroga Vizcarra, Miguel Angel
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad Católica Sedes Sapientiae
Repositorio:UCSS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucss.edu.pe:20.500.14095/897
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.14095/897
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Bioderecho
Objeción de conciencia institucional
Ideario
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#3.00.00
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#3.03.00
Descripción
Sumario:El objetivo de este estudio ha sido proponer una fundamentación (basada en argumentos bioéticos y jurídicos) que sustente la necesidad de reconocer la figura de la objeción de conciencia institucional en el ordenamiento jurídico peruano. La metodología empleada ha sido el enfoque cualitativo y el diseño documental con análisis de contenido; siendo el procedimiento utilizado, la revisión bibliográfica. Como resultados, se ha descubierto que la objeción de conciencia institucional puede ser considerada como un verdadero derecho subjetivo; además de tratarse de una forma especial y diferenciada de resistencia al derecho. Asimismo, se ha señalado la diferencia entre libertad de conciencia y libertad de la conciencia; de la cual se deriva la distinción entre objeción de conciencia (objeción para reivindicar el derecho a la propia coherencia subjetiva) y objeción de la conciencia (que, aparte de la coherencia, exige el cumplimiento de unos principios objetivos). Se ha encontrado que, en el Perú, la objeción de conciencia, en general, es aún poco tratada a nivel doctrinario; también se ha hallado que la Ley de Libertad Religiosa tiene serias limitaciones sobre el tema. Posteriormente, se han desarrollado los argumentos, tanto bioéticos (basados en la dignidad humana) como jurídicos, que fundamentan la necesidad del reconocimiento de la objeción de conciencia institucional en nuestro país. Adicionalmente, se ha presentado una fundamentación práctica, la cual demuestra que la objeción de conciencia institucional protege de mejor forma los derechos de las personas jurídicas que la sola objeción de conciencia individual, la cual resulta insuficiente para este objetivo. Finalmente, se han expuesto las principales críticas que se han formulado a la objeción de conciencia institucional, para luego refutar cada una de esas críticas planteadas.
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