Modificación del artículo 316, numeral 2 del código civil para la exclusión de la obligación alimentaria de uno de los cónyuges por hijos extramatrimoniales, Iquitos, 2023

Descripción del Articulo

La presente investigación analiza el numeral 2 del Artículo 316° del Código Civil, que establece la obligación alimentaria de ambos cónyuges a los hijos extramatrimoniales de uno de ellos. Sin embargo, se considera que esta responsabilidad debería ser solo del progenitor biológico. El problema gener...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Florindez Marín, Wuaslher Marcelo, López Torres, Alvaro Humberto
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Científica del Perú
Repositorio:UCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucp.edu.pe:20.500.14503/3359
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14503/3359
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Hijos extramatrimoniales
Cónyuges
Obligación alimentaria
Alimentos
Código Civil
Extramarital children
Spouses
Alimentary obligation
Alimony
Civil Code
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación analiza el numeral 2 del Artículo 316° del Código Civil, que establece la obligación alimentaria de ambos cónyuges a los hijos extramatrimoniales de uno de ellos. Sin embargo, se considera que esta responsabilidad debería ser solo del progenitor biológico. El problema general es: ¿La falta de claridad en el numeral 2 del artículo 316 del Código Civil, afecta la determinación de responsabilidades específicas dentro de la sociedad conyugal en casos de obligaciones alimenticias en hijos extramatrimoniales? estableciéndose el objetivo general: Analizar si la falta de claridad en el numeral 2 del artículo 316 del Código Civil, afecta la determinación de responsabilidades específicas dentro de la sociedad conyugal en casos de obligaciones alimenticias en hijos extramatrimoniales. La investigación utilizó un estudio cuantitativo, descriptivo y no experimental, con una muestra de 68 abogados litigantes del Colegio de Abogados de Loreto. Los resultados mostraron que la ausencia de claridad en la redacción del numeral 2 del artículo 316 del Código Civil perjudica la determinación de responsabilidades específicas dentro de la sociedad conyugal. Se plantea modificar el numeral 2 del artículo 316 del Código Civil para brindar una solución.
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