Reforma del código civil peruano para el reconocimiento de la potestad de optar por un régimen de separación de patrimonios a los integrantes de uniones de Hecho, 2020

Descripción del Articulo

Un tipo de relación que se viene desarrollando desde tiempos remotos, como la convivencia en pareja, está tomando auge en los últimos tiempos. En el contexto peruano, esta figura se entiende como la unión de hombre y mujer sin contraer matrimonio civil o religioso; encontrándose establecido en el ar...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Figueroa Quispe, Marvin Mauro
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Alas Peruanas
Repositorio:UAP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uap.edu.pe:20.500.12990/4523
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12990/4523
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Uniones de hecho
Separación de patrimonios
Código civil peruano
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Un tipo de relación que se viene desarrollando desde tiempos remotos, como la convivencia en pareja, está tomando auge en los últimos tiempos. En el contexto peruano, esta figura se entiende como la unión de hombre y mujer sin contraer matrimonio civil o religioso; encontrándose establecido en el artículo 5 de Constitución Política del Perú (1993). Demostrando que en la nación, las familias se constituyen además del matrimonio, por uniones de hecho, que son de conocimiento público y tienen permanencia en el tiempo. El presente estudio tuvo por objetivo determinar la necesidad de reformar el Código Civil peruano para el reconocimiento de la potestad de optar por un régimen de separación de patrimonios a los integrantes de uniones de hecho. Fue una investigación bajo el enfoque cualitativo, tipo aplicada, que utilizó un diseño no experimental. Se entrevistó a cinco abogados especialistas que trabajan en el área de Derecho de Familia. Entre las conclusiones obtenidas destacan que se logró determinar que es necesaria la reforma del Código Civil peruano en aras del reconocimiento de la potestad de optar por un régimen de separación de patrimonios a los integrantes de uniones de hecho, lo que haría de ellas una figura jurídica completamente acorde a las necesidades actuales. Esta es una propuesta socialmente viable, así como también justificada jurídicamente para que los convivientes puedan optar por un régimen de separación de patrimonios.
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