Sustitución del régimen de sociedad de gananciales por el de separación de patrimonios en uniones de hecho propias: Una reforma necesaria

Descripción del Articulo

Esta investigación: “Sustitución del régimen de sociedad de gananciales por el de separación de patrimonios en uniones de hecho propias: Una reforma necesaria”; es viable, porque a las uniones de hecho puras se les ha concedido varios derechos, sin embargo, no se les ha concedido la facultad poder c...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Galecio Alburqueque, Jhazmine Tadea
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Nacional de Piura
Repositorio:UNP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unp.edu.pe:20.500.12676/4746
Enlace del recurso:https://repositorio.unp.edu.pe/handle/20.500.12676/4746
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:uniones de hecho
separación de patrimonios
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Esta investigación: “Sustitución del régimen de sociedad de gananciales por el de separación de patrimonios en uniones de hecho propias: Una reforma necesaria”; es viable, porque a las uniones de hecho puras se les ha concedido varios derechos, sin embargo, no se les ha concedido la facultad poder cambiar el régimen de sociedad de gananciales por régimen de separación de patrimonios, derecho que consideramos es necesario se les confiera, existiendo casos en que uno de los concubinos hace abuso de las facultades en la administración de los bienes; para lo cual se propone como objetivo general: Analizar las razones por las cuales debe permitirse el cambio del régimen de bienes de la sociedad de gananciales por la separación de bienes en las uniones de hecho propias; y como objetivos específicos se proponen: - Proponer la modificación de los artículos 297 y 326 del Código Civil, y - Analizar las razones por las cuales no se causa perjuicio alguno a los concubinos de una unión de hecho propia, el cambio de régimen de sociedad de gananciales por la separación de patrimonios. La técnica utilizada es la del análisis de documentos, es decir la técnica bibliográfica, recurriendo a la doctrina, la legislación, la jurisprudencia, así como al derecho comparado. Los métodos utilizados son el método analítico, el método sistemático, así como el método dogmático. Métodos que nos han permitido probar nuestras hipótesis y en consecuencia arribar a las conclusiones y recomendaciones propuestas, y en consecuencia a nuestra propuesta legislativa.
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