Litisconsorcio como Acumulacion Subjetiva de Pretensiones.

Descripción del Articulo

En la realidad de actuación procesal, por la unión de sujetos como actores o demandados se presenta la figura de litisconsorcio, esta unión de sujetos es ilógico denominar junta subjetiva de pretensiones. El resultado del estudio y análisis de la doctrina procesal comparada, nos demuestra que es un...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Cansaya Machaca, Andres
Formato: artículo
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Andina Néstor Cáceres Velasquez
Repositorio:UANCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uancv.edu.pe:UANCV/2808
Enlace del recurso:http://repositorio.uancv.edu.pe/handle/UANCV/2808
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Litisconsorcio, acumulación subjetiva, pretensiones
Descripción
Sumario:En la realidad de actuación procesal, por la unión de sujetos como actores o demandados se presenta la figura de litisconsorcio, esta unión de sujetos es ilógico denominar junta subjetiva de pretensiones. El resultado del estudio y análisis de la doctrina procesal comparada, nos demuestra que es un error o falencia técnica calificar como acumulación subjetiva de pretensiones a la figura procesal de litisconsorcio.
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