Imposibilidad de la Defensa para Debatir el Cuantum de la Pena y Necesidad de la Incorporación de la Cesura en la Etapa de Juzgamiento

Descripción del Articulo

Se investigó cómo es que el contenido del artículo 399° del Código Procesal Penal que regula la sentencia condenatoria del proceso penal, así como su interpretación y aplicación literal en primera y segunda instancias, generan que el juzgamiento de una persona, aun cuando aquella invoque inocencia d...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Vilca Chávez, Belinda Marisol
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2016
Institución:Universidad Andina Néstor Cáceres Velasquez
Repositorio:UANCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uancv.edu.pe:UANCV/715
Enlace del recurso:http://repositorio.uancv.edu.pe/handle/UANCV/715
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Imposibilidad de la Defensa
Cuantum de la Pena
Incorporación de la Cesura
Descripción
Sumario:Se investigó cómo es que el contenido del artículo 399° del Código Procesal Penal que regula la sentencia condenatoria del proceso penal, así como su interpretación y aplicación literal en primera y segunda instancias, generan que el juzgamiento de una persona, aun cuando aquella invoque inocencia durante el juicio y durante la Etapa de Impugnación, en un sólo acto se emita la declaración de responsabilidad penal, se determine e imponga la sanción penal, sin dársele oportunidad procesal para que pueda debatir el cuantum de la pena que se le impone. Las unidades de estudio han sido todos los casos tramitados en los juzgados colegiados de juzgamiento de las provincias de Puno y San Roman durante los meses de enero a mayo del año en curso (2015) en los que ha existido postulación de la defensa de declaración de inocencia, actividad probatoria y la emisión de sentencia condenatoria, que en el primer caso han sido 06 sentencias y en el segundo fueron 12 sentencias. Del mismo modo y por el mismo espacio temporal se analizaron las sentencias de segunda instancia emitidas por las Salas de Apelaciones de ambas provincias que fueron 07 y 12, respectivamente. Finalmente, se ha obtenido la opinión de 05 jueces que integran el Juzgado Colegiado y 12 fiscales provinciales penales de la provincia de Puno. Los principales resultados fueron verificar que en efecto existe imposibilidad en la defensa para debatir el cuantum de pena y que se hace necesario implementar en el juzgamiento del proceso penal peruano la cesura, criterio que también han expresado de modo mayoritario los señores magistrados entrevistados.
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