Perspectiva sobre el desarrollo de la maternidad subrogada en el artículo 7° de la Ley General de Salud N° 26842, en el Perú
Descripción del Articulo
Durante la investigación busco encontrar cuáles son los paralelos que convengan para la maternidad subrogada y la legislación peruana, sobre todo, sobre la Ley General de salud N°26842 en su artículo 7; sí es prudente y necesario establecer mecanismos de salvaguarda respecto a este último a en la ut...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2024 |
| Institución: | Universidad Andina del Cusco |
| Repositorio: | UAC-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.uandina.edu.pe:20.500.12557/6934 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12557/6934 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Gestación por sustitución Seguridad jurídica Inseminación artificial https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| Sumario: | Durante la investigación busco encontrar cuáles son los paralelos que convengan para la maternidad subrogada y la legislación peruana, sobre todo, sobre la Ley General de salud N°26842 en su artículo 7; sí es prudente y necesario establecer mecanismos de salvaguarda respecto a este último a en la utilización de alternativas de reproducción como establece dicha norma. En la investigación propongo que la legislación peruana, establezca normativa que coadyuve a interiorizar las normas internacionales que establecieron pautas para la maternidad subrogada, en algunos países se enrolaron con mayor rigor la protección de la familia, pero en nuestra legislación se ha establecido sendos caminos de proteger tanto para el sujeto que solicita una alternativa de reproducirse, indirectamente conlleva al contrato de maternidad subrogada olvidando que no está normado y que la ley general de salud no la reconoce. El mismo camino se introduce a las diferentes normas y derechos que cada sujeto tiene para la protección de su derecho a reproducirse o el derecho a la personalidad, si estos derechos confluyen o afectan a una tercera que involucre su bienestar o su vida. Ahora bien, la maternidad subrogada tiene sus mecanismos, si bien es cierto, en nuestra vecindad, existe países como Brasil y Colombia, que los mecanismos de salvaguardar y proteger a favor de la que contrata la maternidad subrogada, son diferentes mecanismos que evalúan para la protección. Como parte de la conclusión, busco que exista un nuevo acápite que permita que la reproducción asistida que establece el artículo 7° de la Ley General de Salud N°26842, tenga la posibilidad de evaluar, si es necesario, contener dentro de dicha norma, la posibilidad de la maternidad subrogada con ciertos requisitos establecidos para el ciudadano o el sujeto que solicite y permita que no se afecte el derecho de ninguna persona. La sugerencia que recojo de esta investigación es que el estado peruano, permita la maternidad subrogada, con parámetros que protegen antes la vida, salud, integridad, personalidad e inherentes propios de la persona; para evaluar que una reproducción asistida, por las características de la maternidad o gestación subrogadas, sea una alternativa de la misma característica que otros países, y el Perú legisle en relación a la salvaguarda de la familia y sus integrantes. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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