Despenalización en los delitos contra el honor en el Perú

Descripción del Articulo

El objetivo general de la investigación fue identificar argumentos jurídicos y sociales para justificar que la injuria, calumnia, difamación, difamación o injuria encubierta o equivoca e injurias reciprocas dejen de tipificarse como delitos, y no se sancionen en la legislación penal vigente. En esa...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Lajo Flores, Linder Wilander
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
Repositorio:UNSAAC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unsaac.edu.pe:20.500.12918/7712
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12918/7712
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho penal
Delitos contra el honor
Despenalización
Indemización
Proceso civil
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Descripción
Sumario:El objetivo general de la investigación fue identificar argumentos jurídicos y sociales para justificar que la injuria, calumnia, difamación, difamación o injuria encubierta o equivoca e injurias reciprocas dejen de tipificarse como delitos, y no se sancionen en la legislación penal vigente. En esa línea, el enfoque ha sido el cualitativo y el tipo de estudio dogmático propositivo. La muestra del estudio es no probabilística y está constituida por sesenta abogados especialistas en derecho penal de la provincia de Tambopata. Las técnicas aplicadas son el análisis documental y la encuesta; y como instrumentos de recolección de datos se utilizaron la ficha de análisis documental y el cuestionario de preguntas. Como resultados más relevantes se tiene, primero, los delitos contra el honor son sancionados con penas leves, porque la lesión de este bien jurídico no es de gravedad; y segundo, la mayoría de abogados están de acuerdo en la despenalización de los delitos contra el honor y que los agraviados deben recurrir a la vía civil a través de una demanda por responsabilidad civil extracontractual tramitada como proceso sumarísimo. Lo que permite concluir que la vía idónea para la protección del derecho al honor cuando este es vulnerado, es el proceso civil.
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