Retroactividad en la pensión alimenticia como garantía de un adecuado desarrollo integral del menor en el Perú

Descripción del Articulo

En el Perú, no existe ley ni jurisprudencia que permita considerar la retroactividad en materia de pensión de alimentos y mucho menos en favor del menor de edad. Por lo tanto, la pensión alimenticia se limita a las necesidades presentes y futuras, e ignora las necesidades precedentes del menor. Ante...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Guerrero Agüero, Shuñiel Thalia
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo
Repositorio:UNASAM-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:172.16.0.151:UNASAM/6111
Enlace del recurso:http://repositorio.unasam.edu.pe/handle/UNASAM/6111
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Retroactividad legal
Derecho adquirido
Derecho fundamental
Pensión alimentista
Principio del interés superior del menor
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:En el Perú, no existe ley ni jurisprudencia que permita considerar la retroactividad en materia de pensión de alimentos y mucho menos en favor del menor de edad. Por lo tanto, la pensión alimenticia se limita a las necesidades presentes y futuras, e ignora las necesidades precedentes del menor. Ante esta limitación, la investigación tuvo como objetivo general, determinar los fundamentos teóricos que justifican la retroactividad en la pensión alimenticia como garantía de un adecuado desarrollo integral del menor de edad en el Perú. En ese sentido, después del análisis y discusión de los resultados de la investigación, se puedo concluir que, los fundamentos teóricos que justifican la retroactividad de la pensión alimentista, son la teoría de los derechos fundamentales, como la de los derechos adquiridos. Estas teorías permiten considerar a los alimentos como un derecho fundamental, que nace con el nacimiento del menor; por lo tanto, al retrotraerse la pensión alimenticia, se busca garantiza la integridad y desarrollo adecuado del menor desde su nacimiento y no desde la emisión de una sentencia. Siendo así, por la naturaleza del objetivo planteado, el estudio fue de tipo dogmático – normativo, la cual tuvo como fuente principal la ley. Asimismo, el método empleado fue el descriptivo, como también el de la argumentación, valiéndose de la técnica del análisis documental y de la ficha textual, la cual permitió un desarrollo técnico y ordenado.
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