Fundamentos jurídicos que sustentan la inclusión del derecho de opción y sustitución del régimen patrimonial en uniones de hecho propias

Descripción del Articulo

Las uniones de hecho se han convertido en una realidad social y jurídica insoslayable, a pesar del rechazo que en determinado momento de la historia sufrieron, logrando más tarde ser aceptadas jurídicamente como una forma de constituir familia, tal como lo reconoció en su momento la Constitución de...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Terrones Sánchez, María Cecilia
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Nacional de Cajamarca
Repositorio:UNC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unc.edu.pe:20.500.14074/3509
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14074/3509
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:régimen patrimonial
unión de hecho
familia
Descripción
Sumario:Las uniones de hecho se han convertido en una realidad social y jurídica insoslayable, a pesar del rechazo que en determinado momento de la historia sufrieron, logrando más tarde ser aceptadas jurídicamente como una forma de constituir familia, tal como lo reconoció en su momento la Constitución de 1979, brindándoles protección y reconocimiento, que se ha seguido brindando a través de la Constitución Política del Perú de 1993, siguiendo así una tendencia de Tratados Internacionales; en ese sentido se advierte que se les ha ido reconociendo cada vez más derechos, como el derecho al conviviente supérstite de percibir una pensión de viudez, derecho a heredar entre convivientes, derecho a adoptar niños, derecho a decidir sobre la donación de órganos del conviviente difunto; y siguiendo esta tendencia de reconocimiento de más derechos a los convivientes, se planteó (presente o pasado) la propuesta de reconocerles el derecho de poder elegir o sustituir el régimen patrimonial que deseen rija su unión mientras ésta subsista, con el fin de proteger los derechos patrimoniales de cada conviviente, en aplicación del derecho a la igualdad ante la ley respecto del matrimonio; dado que este tipo de familias no contraviene el orden público ni las buenas costumbres.
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