Observancia de las garantías del debido procedimiento administrativo en el procedimiento administrativo disciplinario de la Ley N° 30057
Descripción del Articulo
La finalidad de la administración pública es asegurar el bienestar común de la población en general, para ello debe contar con servidores civiles que garanticen la debida prestación de servicios públicos. Estos servidores civiles en el ejercicio de sus funciones cumplen tanto con deberes y obligacio...
Autor: | |
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Fecha de Publicación: | 2021 |
Institución: | Universidad Nacional de Cajamarca |
Repositorio: | UNC-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.unc.edu.pe:20.500.14074/4506 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.14074/4506 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Ley N° 30057 procedimiento administrativo http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | La finalidad de la administración pública es asegurar el bienestar común de la población en general, para ello debe contar con servidores civiles que garanticen la debida prestación de servicios públicos. Estos servidores civiles en el ejercicio de sus funciones cumplen tanto con deberes y obligaciones, siendo pasibles de incurrir en faltas disciplinarias por incumplimiento de alguno de estos, en dicho supuesto la administración pública podrá ejercer sobre ellos su potestad disciplinaria. A diferencia de la potestad sancionadora general o correctiva (derecho penal y derecho administrativo sancionador), la cual se ejerce respecto de todas las personas, la potestad disciplinaria o potestad sancionadora especial es interna a la administración pública y será ejercida sobre aquellos que tengan la condición de servidor o funcionario público. Actualmente se encuentra vigente el régimen disciplinario establecido en la ley N° 30057 – Ley del servicio civil, aplicable a aquellos servidores que se encuentren bajo un régimen laboral regulados por los decretos legislativos N° 276, 728, 1057 y la ley N° 30057. En el procedimiento administrativo disciplinario se ven involucrados los derechos de los servidores debido a que mediante un procedimiento de esta naturaleza se pueden imponer sanciones disciplinarias como la suspensión o la destitución, por lo tanto, es necesario que se garantice un debido procedimiento y no exista arbitrariedad por parte de la administración pública. El debido procedimiento administrativo busca garantizar un procedimiento ajustado a derecho en beneficio de los administrados, además de controlar el adecuado ejercicio de las potestades propias de la administración, por ello la obligatoriedad de la observancia de este principio-derecho por parte de la administración pública dentro de los procedimientos administrativos disciplinarios, sin embargo, ¿la administración pública cumple con esta observancia obligatoria?, para responder esta interrogante nos abocaremos a identificar si los procedimientos administrativos disciplinarios instaurados en la Dirección Regional de Educación de Cajamarca, durante los años 2016-2017 cumplió con este deber de observancia, para lo cual se tomaron en cuenta aquellos expedientes administrativos que fueron elevados vía recurso de apelación al Tribunal del Servicio Civil. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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