La conversión de la pena en reos internados por delitos de mínima lesividad al haber incumplido la reparación civil como regla de conducta
Descripción del Articulo
La presente investigación titulada “LA CONVERSIÓN DE LA PENA EN REOS INTERNADOS POR DELITOS DE MINIMA LESIVIDAD AL HABER INCUMPLIDO LA REPARACION CIVIL COMO REGLA DE CONDUCTA”, tiene por finalidad demostrar que la restricción del Decreto Legislativo N° 1300, de no permitir la conversión de penas en...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2021 |
Institución: | Universidad Nacional de Piura |
Repositorio: | UNP-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.unp.edu.pe:20.500.12676/3192 |
Enlace del recurso: | https://repositorio.unp.edu.pe/handle/20.500.12676/3192 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | conversión de la pena mínima lesividad tutela jurisdiccional efectiva hacinamiento penitenciario reparación civil http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | La presente investigación titulada “LA CONVERSIÓN DE LA PENA EN REOS INTERNADOS POR DELITOS DE MINIMA LESIVIDAD AL HABER INCUMPLIDO LA REPARACION CIVIL COMO REGLA DE CONDUCTA”, tiene por finalidad demostrar que la restricción del Decreto Legislativo N° 1300, de no permitir la conversión de penas en ejecución, que son consecuencia de una revocatoria de pena suspendida por incumplimiento de la reparación civil, ha desamparado preceptos constitucionales de observancia obligatoria y no ha permitido que la propia ley cumpla su objetivo, es decir, la misión para la cual fue creada. En ese sentido, al tratarse de una investigación jurídico-doctrinal de nivel descriptivo y tipo documental, se realizó un análisis exhaustivo principalmente de la ley, la doctrina y la jurisprudencia peruana; llegando a la conclusión de que la restricción que realiza el Decreto Legislativo N° 1300, a los casos de penas que sean consecuencia de una revocatoria de pena suspendida por incumplimiento de la reparación civil, no cautela el derecho a la Tutela Jurisdiccional Efectiva de la víctima, ya que el estado debe velar por el cumplimiento de la reparación civil, por lo que las normas deben crear condiciones que hagan proveer que el condenado cumplirá con dicha obligación; asimismo, la mencionada restricción no ha permitido que dicha norma cumpla su razón de ser, es decir el objetivo y motivo para el cual fue creada, esto es, fortalecer la lucha contra el crítico hacinamiento penitenciario, el cual viene vulnerando el derecho fundamental a la dignidad humana de los presos. Por otro lado, concluimos que es pertinente y necesaria una modificatoria al inciso b) del tercer párrafo del artículo 03 del Decreto Legislativo N° 1300, a fin de permitir que se puedan efectuar conversión de penas en ejecución, a presos a quienes previamente se les revocó la pena suspendida por no cumplir con el pago de la reparación civil. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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