Informe Jurídico Exp. N° 02653-2021-PA/TC

Descripción del Articulo

El informe jurídico busca examinar la decisión del Tribunal Constitucional que declaró improcedente la demanda de amparo presentada por Susel Paredes y Gracia Aljovín, quienes solicitaban que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) inscribiera su matrimonio celebrado en el ext...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Gonzales Huamán, Rosa Gabriela
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/200904
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/28518
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:Perú. Tribunal Constitucional--Jurisprudencia
Nulidad (Derecho)
Recurso de amparo--Jurisprudencia--Perú
Matrimonio del mismo sexo--Jurisprudencia--Perú
Igualdad ante la ley
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El informe jurídico busca examinar la decisión del Tribunal Constitucional que declaró improcedente la demanda de amparo presentada por Susel Paredes y Gracia Aljovín, quienes solicitaban que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) inscribiera su matrimonio celebrado en el extranjero. Como problema jurídico principal, consideramos que la decisión del Tribunal parece eludir el reconocimiento de un matrimonio no heterosexual, afectando directamente a una relación homosexual. Esto plantea interrogantes acerca de las consecuencias de este razonamiento desde la perspectiva de la igualdad como principio fundamental del orden constitucional peruano. Asimismo, señalamos que el objetivo de la presente investigación es que la noción del matrimonio, no debe excluir a las parejas del mismo sexo, pues habría una protección legal y constitucional que aseguran sus derechos. Además, respaldamos esta postura demostrando que no habría impedimento alguno en la Constitución que señale que el matrimonio tiene como requisito que sea entre un hombre y una mujer. A manera de conclusión, consideramos que resulta relevante reflexionar sobre el impacto de la decisión del Tribunal en relación con la igualdad. La negativa de reconocer el matrimonio de las demandantes, basada en argumentos que parecen eludir la cuestión fundamental de la igualdad en el acceso al matrimonio, se interpreta como una limitación injustificada de sus derechos fundamentales. Este caso subraya la necesidad de revisar y fortalecer el marco normativo para asegurar que el matrimonio igualitario reciba igual protección y reconocimiento legal, acorde con el principio de igualdad y no discriminación como base. El presente informe se fundamentó en la revisión de fuentes doctrinales, el uso de jurisprudencia de países de la región, y el análisis de las diversas normativas que integran nuestro sistema jurídico.
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