Informe Jurídico: Caso Susel Paredes. EXP. N° 02653-2021-PA/TC
Descripción del Articulo
El presente informe jurídico busca analizar la decisión del Tribunal Constitucional de declarar la improcedencia de la demanda de amparo, presentada por Susel Ana María Paredes Piqué y Gracia María Francisca Aljovín de Losada La pretensión de la demanda materia de análisis era que el Registro Nacion...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2023 |
Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
Repositorio: | PUCP-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/195137 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.12404/25653 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Tribunales constitucionales--Perú Igualdad ante la ley--Perú Matrimonio del mismo sexo--Situación legal--Perú Discriminación sexual--Perú https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | El presente informe jurídico busca analizar la decisión del Tribunal Constitucional de declarar la improcedencia de la demanda de amparo, presentada por Susel Ana María Paredes Piqué y Gracia María Francisca Aljovín de Losada La pretensión de la demanda materia de análisis era que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) inscriba el matrimonio celebrado por las demandantes en la ciudad de Miami, Estados Unidos. En ese sentido, cuestionamos si la utilización del artículo 7.1 del Código Procesal Constitucional para declarar la improcedencia de la demanda ha sido válido, tomando en cuenta que el argumento principal de la mayoría de los magistrados ha sido declarar la no existencia del derecho constitucional al matrimonio de las personas homosexuales. La presente investigación se realizó en base a la investigación de fuentes doctrinarias, la comparación de jurisprudencia de países latinoamericanos, y el análisis de las distintas normas que forman parte de nuestro sistema jurídico. A manera de conclusión, señalamos que no fue válida la declaración de improcedencia debido a que el Tribunal Constitucional no motivó de manera suficiente la aplicación del artículo mencionado y, en consecuencia, limitó injustificadamente el alcance de la institución del matrimonio a las demandantes y los derechos y obligaciones relacionados |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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