Informe jurídico sobre Resolución N.º 3839-2022 SUNARP-TR

Descripción del Articulo

El presente informe analiza la Resolución N.º 3839-2022-SUNARP-TR con el objetivo de determinar si resulta jurídicamente viable admitir la anotación de bloqueo registral para actos jurídicos ad solemnitatem como la donación de bienes inmuebles cuando estos son presentados mediante minuta. Para ello,...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Martinez Miranda, Gonzalo Diego
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/204621
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14657/204621
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Perú)
Actos jurídicos--Perú
Donación--Legislación--Perú
Propiedad inmueble--Perú
Derecho registral--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente informe analiza la Resolución N.º 3839-2022-SUNARP-TR con el objetivo de determinar si resulta jurídicamente viable admitir la anotación de bloqueo registral para actos jurídicos ad solemnitatem como la donación de bienes inmuebles cuando estos son presentados mediante minuta. Para ello, se recurre a un enfoque integral que comprende el análisis histórico de la legislación registral peruana, una interpretación sistemática de la normativa vigente, la comparación con modelos jurídicos extranjeros y una revisión crítica de la jurisprudencia nacional. La principal conclusión del informe es que el Tribunal Registral incurrió en error al denegar el bloqueo registral en el caso concreto, al considerar insuficiente la minuta por ausencia de escritura pública. Se sostiene que el bloqueo no otorga validez al acto, ni transfiere propiedad, sino que protege la prioridad registral mientras se cumple con la formalidad exigida. Negar este mecanismo genera una discriminación frente a otros actos de naturaleza real – como la compraventa o hipoteca – que sí acceden al bloqueo. El informe presenta fundamentos doctrinales que refuerzan la naturaleza provisional y no constitutiva del bloqueo registral, así como los límites a su calificación. Asimismo, se evidencia cómo la interpretación seguida por el Tribunal contradice avances normativos y directivas que estaban consolidando un entendimiento correcto del alcance y finalidad del bloqueo registral. Finalmente se argumenta que permitir el bloqueo en donaciones no vulnera principios registrales ni convalida actos nulos, sino que garantiza una protección legítima al donatario, sin condicionar la solicitud del bloqueo a la existencia previa de escritura pública.
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