Informe jurídico sobre Resolución N.º 3839-2022 SUNARP-TR
Descripción del Articulo
El presente informe analiza la Resolución N.º 3839-2022-SUNARP-TR con el objetivo de determinar si resulta jurídicamente viable admitir la anotación de bloqueo registral para actos jurídicos ad solemnitatem como la donación de bienes inmuebles cuando estos son presentados mediante minuta. Para ello,...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2025 |
| Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
| Repositorio: | PUCP-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/204621 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.14657/204621 |
| Nivel de acceso: | acceso embargado |
| Materia: | Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Perú) Actos jurídicos--Perú Donación--Legislación--Perú Propiedad inmueble--Perú Derecho registral--Perú https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | El presente informe analiza la Resolución N.º 3839-2022-SUNARP-TR con el objetivo de determinar si resulta jurídicamente viable admitir la anotación de bloqueo registral para actos jurídicos ad solemnitatem como la donación de bienes inmuebles cuando estos son presentados mediante minuta. Para ello, se recurre a un enfoque integral que comprende el análisis histórico de la legislación registral peruana, una interpretación sistemática de la normativa vigente, la comparación con modelos jurídicos extranjeros y una revisión crítica de la jurisprudencia nacional. La principal conclusión del informe es que el Tribunal Registral incurrió en error al denegar el bloqueo registral en el caso concreto, al considerar insuficiente la minuta por ausencia de escritura pública. Se sostiene que el bloqueo no otorga validez al acto, ni transfiere propiedad, sino que protege la prioridad registral mientras se cumple con la formalidad exigida. Negar este mecanismo genera una discriminación frente a otros actos de naturaleza real – como la compraventa o hipoteca – que sí acceden al bloqueo. El informe presenta fundamentos doctrinales que refuerzan la naturaleza provisional y no constitutiva del bloqueo registral, así como los límites a su calificación. Asimismo, se evidencia cómo la interpretación seguida por el Tribunal contradice avances normativos y directivas que estaban consolidando un entendimiento correcto del alcance y finalidad del bloqueo registral. Finalmente se argumenta que permitir el bloqueo en donaciones no vulnera principios registrales ni convalida actos nulos, sino que garantiza una protección legítima al donatario, sin condicionar la solicitud del bloqueo a la existencia previa de escritura pública. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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