Informe jurídico sobre la Casación N° 17739 - 2022 – Lima, sobre despido a docente por afectación emocional a alumnos
Descripción del Articulo
El presente informe analiza la validez de un despido disciplinario en el contexto educativo, tomando como base la Casación Laboral N.º 17739-2022-LIMA, que resolvió la controversia sobre el cese de una docente por actos de violencia verbal y maltrato psicológico contra estudiantes menores de edad. E...
| Autor: | |
|---|---|
| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2025 |
| Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
| Repositorio: | PUCP-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/204666 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.14657/204666 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Despido de empleados--Jurisprudencia--Perú Derecho laboral--Jurisprudencia--Perú Procedimiento administrativo--Jurisprudencia--Perú https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | El presente informe analiza la validez de un despido disciplinario en el contexto educativo, tomando como base la Casación Laboral N.º 17739-2022-LIMA, que resolvió la controversia sobre el cese de una docente por actos de violencia verbal y maltrato psicológico contra estudiantes menores de edad. El problema principal examinado es la tensión entre la existencia material de una falta grave —acreditada mediante actos reiterados de descalificación y humillación emocional— y la validez formal del procedimiento disciplinario seguido por el empleador, una institución educativa con ideario pedagógico propio. Para ello se emplearon como principales instrumentos normativos el artículo 25 y 31 del TUO del Decreto Legislativo N.º 728, la Constitución Política del Perú, la Convención sobre los Derechos del Niño y el Protocolo SISEVE. El análisis permitió confirmar que, aunque la falta grave se subsume correctamente en el marco legal y supera el test de proporcionalidad en abstracto, el procedimiento de despido incumplió exigencias esenciales del debido proceso: la decisión fue adoptada de forma anticipada y comunicada a terceros, se vulneró el principio de inmediatez, se simuló la contradicción real y se notificó el procedimiento durante vacaciones, quebrantando la suspensión perfecta de labores. Se concluye que el despido no resulta legalmente válido y debe considerarse arbitrario por vicio formal, reafirmando que la protección del interés superior del niño y la coherencia institucional deben articularse siempre con el respeto de garantías mínimas de defensa y motivación. |
|---|
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).