Correlación entre el contrato de know how y el objeto física y jurídicamente posible como elemento del negocio jurídico

Descripción del Articulo

El contrato de know how es consecuencia de grandes adelantos industriales y tecnológicos ocurridos en el mundo. Aparece en 1916 en los Estados Unidos de América, y se difunde en países como Inglaterra y Alemania, logrando su auge después de la segunda guerra mundial. Fue desarrollado en la práctica...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Hermoza Calero, Jessica Pilar
Formato: artículo
Fecha de Publicación:2014
Institución:Universidad Alas Peruanas
Repositorio:Revistas - Universidad Alas Peruanas
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:revistas.uap.edu.pe:article/501
Enlace del recurso:http://revistas.uap.edu.pe/ojs/index.php/LEX/article/view/501
Nivel de acceso:acceso abierto
Descripción
Sumario:El contrato de know how es consecuencia de grandes adelantos industriales y tecnológicos ocurridos en el mundo. Aparece en 1916 en los Estados Unidos de América, y se difunde en países como Inglaterra y Alemania, logrando su auge después de la segunda guerra mundial. Fue desarrollado en la práctica en el sistema jurídico angloamericano.El contrato de know how es una figura antigua en el comercio, pero a la vez podemos decir nueva en el mercado comercial peruano, donde se introduce para permitir el desarrollo de países como el nuestro, en vías de desarrollo. Su finalidad es otorgar un conjunto de conocimientos, experiencias y secretos sobre un determinado negocio en el ámbito industrial o comercial. A diferencia del contrato de Franquicia, no cede la marca o la razón social de un negocio, sino el conocimiento para desarrollarlo.En el presente estudio se analizarán los diferentes conceptos, así como cláusulas, características y naturaleza jurídica del contrato de know how o de provisión de conocimientos técnicos, entendido este como aquel negocio jurídico cuyo objeto es la cesión o transmisión de derechos sobre un conocimiento técnico reservado, realizado por su titular a favor de la otra parte a cambio de una contraprestación. Se resalta tanto la posibilidad de cesión como de venta, modalidad discutida en la doctrina del know how. En razón de que se presentan similitudes, en este caso definamos algunas diferencias del contrato de know how con el contrato de compra-venta. Se trata de un traslado de dominio, hecho que no se da en el know how porque se trata de la trasmisión de un objeto inmaterial. Asimismo, el contrato de compra-venta es una modalidad de sobremedida, lo que no ocurre en el contrato de know how.
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