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Publicado 2016
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El matrimonio es una institución trascendental a lo largo de los siglos. Aparece como una alternativa segura que tienen los cónyuges de convivir y llevar una vida de casados duradera; asimismo, está protegido por las leyes como la Constitución Política del Perú, Código Civil Peruano y Derecho comparado. En cuanto a la institución de la unión de hecho -también denominado concubinato-, es la más antigua, dado que en los últimos años ha tenido mayor fuerza de acogida por cuanto ahora existen más casos de concubinatos que matrimonios. A continuación analizaremos algunos aspectos relevantes del matrimonio y también de la unión de hecho, y finalmente expondremos las conclusiones y recomendaciones por que una pareja debe estar unida tanto por el amor como por el matrimonio civil, que es el válido legalmente para solicitar derechos cuando uno de los cónyuges incumple.
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Publicado 2019
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La presente investigación Suspensión de la patria potestad respecto al ejercicio de la tenencia legal de los hijos menores (Lima, 2016) ha tenido como objetivo determinar de qué manera la suspensión de la patria potestad restringe la tenencia legal de los hijos menores. La metodología es de tipo básica, el diseño es no experimental-transversal, nivel descriptivo, el método fue inductivo, de enfoque cualitativo, la muestra fue de cuatro abogados en derecho de familia, el proceso de recolección de datos se realizó a través de una entrevista personal planteada. Se llegó a la conclusión de que normalmente la suspensión de la patria potestad se deriva de alguna sanción, mediante una sentencia, por ello resulta adecuado separar del entorno nocivo al menor y velar en todo momento en función del interés superior del menor.
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Publicado 2014
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El soporte electrónico conocido como DVD (Disco Versátil Digital) es estudiado en este artículo como eficaz documento testamentario, puesto que por ser un dispositivo de prolongada duración y fácil utilización podría además coadyuvar a que la figura del testamento sea cada vez más utilizada en el Perú como medio de transmisión de herencia. Para ello, sin embargo, sería necesario modificar el Código Civil, a fin de formalizar su utilización en la modalidad de testamento cerrado.Palabras clave: testamento cerrado, DVD, documento electrónico.
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Publicado 2014
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El contrato de know how es consecuencia de grandes adelantos industriales y tecnológicos ocurridos en el mundo. Aparece en 1916 en los Estados Unidos de América, y se difunde en países como Inglaterra y Alemania, logrando su auge después de la segunda guerra mundial. Fue desarrollado en la práctica en el sistema jurídico angloamericano.El contrato de know how es una figura antigua en el comercio, pero a la vez podemos decir nueva en el mercado comercial peruano, donde se introduce para permitir el desarrollo de países como el nuestro, en vías de desarrollo. Su finalidad es otorgar un conjunto de conocimientos, experiencias y secretos sobre un determinado negocio en el ámbito industrial o comercial. A diferencia del contrato de Franquicia, no cede la marca o la razón social de un negocio, sino el conocimiento para desarrollarlo.En el presente estudio se analizarán los diferente...
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Publicado 2014
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El presente artículo nos ofrece una descripción clara sobre el contrato de franquicia, su diferencia con otras figuras jurídicas (contrato de know how, contrato de agencia comercial, contrato de concesión y contrato de management), las partes integrantes del contrato de franquicia, así como las ventajas y desventajas para el franquiciante y el franquiciado.
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Publicado 2019
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La presente investigación, “Las notificaciones por edictos a los residentes peruanos en el extran-jero en los procesos judiciales de alimentos. Lima, 2016”, tuvo como objetivo determinar de qué manera las notificaciones por edictos a los residentes peruanos en el extranjero causa indefensión en los procesos judiciales de alimentos, Lima, 2016. La metodología es de tipo básico; el diseño, teoría fundamentada y transversal de nivel descriptivo-explicativo; el método fue inductivo, con un enfoque cualitativo; la muestra fue de cuatro abogados en derecho de familia; el proceso de re-colección de datos fue una entrevista personal planteada, llegándose a las siguientes conclusiones: existe actualmente una indefensión en los procesos judiciales de alimentos a los residentes perua-nos en el extranjero, en el caso que solo se desarrollan a través de las notificaciones vía exhorto...
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Las asociaciones se constituyen mediante un acuerdo de dos o más personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, que se comprometen a poner en común conocimientos, medios y actividades para conseguir unas finalidades lícitas, comunes, de interés general o particular, y se dotan de los estatutos que rigen el funcionamiento de la asociación.El artículo 80 del Código Civil lo define como una organización estable de personas naturales o jurídicas, o de ambas, que a través de una actividad común persigue un fin no lucrativo.Se trata de una persona jurídica sumamente viva, activa, y por ello existe una enorme variedad de estas. Actualmente, el ámbito de las asociaciones se ha extendido a otros campos como recreacionales o sociales; es así que hoy en día son usadas para centros de investigación, asociaciones civiles como las ONG, etc.La asociación como, ya se dijo, pers...
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Publicado 2014
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En una sucesión convergen una serie de intereses que se hallan en estado latente, y que se hacen efectivos y adquieren personalidad al fallecimiento de una persona. Por ellos, el titular del patrimonio puede disponer de sus bienes para luego del final de sus días. El interés familiar en la adquisición del conjunto de derechos y obligaciones dejados por una persona al morir está representado por las asignaciones forzosas, aquellas que el testador está obligado a efectuar y que el legislador suple aun con perjuicio de sus disposiciones testamentarias expresas. Los derechos de los herederos forzosos (hijos legítimos) no pueden ser violados por el testador al disponer de sus bienes. Respecto del interés social, el causante que acumuló una masa de bienes y formó así su patrimonio, necesitó del concurso de la sociedad, y por ello, además de hallarse comprometido en dicho conjunto ...
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Publicado 2014
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El contrato de auspicio es atípico porque no existe una norma legal peruana que lo regule. Es más, en los hechos las partes hacen uso del término sponsor sin darse cuenta de que se trata de un negocio de esponsorización, y califican al contrato ya sea como un común contrato de publicidad o como un contrato de prestación de servicios. En otros casos, diría límites pero no infrecuentes, se ignora la naturaleza contractual del acuerdo y se estima que una empresa dada ha colaborado con un evento, sin advertir que el propio sujeto auspiciado ha realizado, como contraprestación, un retorno publicitario en favor del auspiciador. De otro lado, la obligación del sponsee o sponsor también podría ser una prestación de no hacer, como por ejemplo tolerar que el auspiciador haga uso de la imagen o del nombre del auspiciado o permitir que, que sin exigir alguna otra contraprestación adic...