La anulación del laudo por vicios de motivación: una interpretación armoniosa de las disposiciones de la Ley de Arbitraje

Descripción del Articulo

Ha quedado establecido por el Tribunal Constitucional peruano que las garantías del debido proceso informan todo ejercicio de la función jurisdiccional reconocido por la Constitución, como es el caso del arbitraje. Sin embargo, la tutela de la garantía de debida motivación del laudo arbitral plantea...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Silva Gonzales, Abraham Esteban
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/30193
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/30193
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Arbitraje y laudo--Perú
Nulidad (Derecho)--Perú
Debido proceso--Perú
Derecho procesal--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Ha quedado establecido por el Tribunal Constitucional peruano que las garantías del debido proceso informan todo ejercicio de la función jurisdiccional reconocido por la Constitución, como es el caso del arbitraje. Sin embargo, la tutela de la garantía de debida motivación del laudo arbitral plantea algunas dificultades. La Ley de Arbitraje ha establecido una lista de causales taxativas por las cuales se puede pretender la anulación del laudo arbitral, ninguna de las cuales expresamente reconoce la vulneración a la debida motivación como causal de anulación del laudo. Asimismo, también es un asunto problemático determinar el “estándar de motivación” del laudo arbitral con respecto a las resoluciones judiciales. Si bien se debe garantizar la debida motivación incluso en sede arbitral, la Ley de Arbitraje ha prohibido a los jueces conocer el fondo de la controversia, pronunciarse y calificar las motivaciones, interpretaciones y criterios expuestos por los árbitros en el laudo. De esta forma, los jueces están llamados a revisar que el laudo cumpla con una debida motivación, pero sin pronunciarse sobre el fondo de la controversia ni calificar las motivaciones expuestas por los árbitros. Mediante el presente artículo nos proponemos realizar una interpretación armoniosa de las disposiciones de la Ley de Arbitraje y los pronunciamientos del Tribunal Constitucional, apoyándonos en la doctrina nacional al respecto, a efectos de proponer una solución para estas dificultades.
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