El principio del contradictorio en la prueba de oficio en el proceso civil. A propósito del Décimo Pleno Casatorio Civil
Descripción del Articulo
La presente investigación tiene como objetivo principal demostrar cuál ha sido el tratamiento que se le ha dado al principio del contradictorio en la prueba de oficio en el proceso civil. Para ello, se ha tomado como base de análisis el X Pleno Casatorio Civil, examinando solo aquellas reglas vincul...
Autor: | |
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Formato: | tesis de maestría |
Fecha de Publicación: | 2024 |
Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
Repositorio: | PUCP-Tesis |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/29941 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.12404/29941 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Prueba (Derecho)--Legislación--Perú Procedimiento civil--Legislación--Perú Derecho procesal civil--Perú Debido proceso--Legislación--Peru https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | La presente investigación tiene como objetivo principal demostrar cuál ha sido el tratamiento que se le ha dado al principio del contradictorio en la prueba de oficio en el proceso civil. Para ello, se ha tomado como base de análisis el X Pleno Casatorio Civil, examinando solo aquellas reglas vinculantes que guarden relación con los dos temas sustanciales de la presente tesis, los cuales son la prueba de oficio y el principio de contradicción. Para lograr este objetivo, se ha priorizado empezar con el marco conceptual que tienen nuestros dos temas trascendentales, repasando cómo ha sido su interpretación a lo largo del tiempo, la aplicación que en la actualidad le brinda el Código Procesal Civil y la posible reforma que se ha planteado en el proyecto del nuevo código adjetivo. Luego, se estudiará a fondo el pleno, para entender cuáles fueron las circunstancias que motivaron su convocatoria y precisar si las reglas que se emitieron son adecuadas o no conforme al marco normativo antes señalado. Por último, se hará un breve análisis del principio del contradictorio en los plenos casatorios anteriores y se verificará cuál fue la interpretación que en ese momento le dio el tribunal vértice. Además, de realizar una propuesta concreta de mejora a la tan cuestionada cuarta regla vinculante de este pleno, la cual señala que el contradictorio en la prueba de oficio puede ser previo o diferido. El propósito de esta investigación es precisar cuál debe de ser el tratamiento adecuado que le debe de dar la judicatura cuando pretenda aplicar el artículo 194° del Código Procesal Civil y la trascendencia que pueda llevar al juez a entender de una manera adecuada la participación previa del contradictorio desde su valor epistémico, lo cual favorecerá su decisión final. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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