Hacia una solución proporcional y tuitiva en los procesos de cuestionamiento de la paternidad en el Perú
Descripción del Articulo
Durante siglos la familia se centraba en los vínculos jurídicos derivados del matrimonio, pero ante los cambios sociales actuales se ha puesto en discusión la prevalencia entre los vínculos jurídicos y los vínculos biológicos, por ello, en países como Argentina, Chile, Ecuador y Colombia se han emit...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de maestría |
| Fecha de Publicación: | 2018 |
| Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
| Repositorio: | PUCP-Tesis |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/13502 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.12404/13502 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Paternidad (Derecho) Pruebas de paternidad Filiación (Derecho)--Legislación--Perú Niños--Legislación--Perú Niños--Derechos--Perú https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | Durante siglos la familia se centraba en los vínculos jurídicos derivados del matrimonio, pero ante los cambios sociales actuales se ha puesto en discusión la prevalencia entre los vínculos jurídicos y los vínculos biológicos, por ello, en países como Argentina, Chile, Ecuador y Colombia se han emitido sentencias que privilegian a la verdad biológica; mientras que en otros casos, en estos mismos países se ha rechazado la demanda porque se privilegió el estado de familia, la estabilidad emocional, la seguridad jurídica y afectiva del niño o la relación socioafectiva. Situación que al parecer se encuentra más definida en nuestro país, en donde a pesar de contar con normas legales muy restrictivas para el cuestionamiento de la paternidad; no obstante, nuestros jueces han optado por la defensa irrestricta del derecho a la verdad biológica, posición que no compartimos en la presente investigación, en donde consideramos que debemos partir de la función tuitiva reconocida en el Tercer Pleno Casatorio Civil para darle el enfoque humano que requiere el proceso judicial de cuestionamiento de la paternidad, por otro lado, señalamos que no hay un conflicto entre la verdad biológica con la filiación social, afectiva o de crianza, ya que ambos forman parte de un mismo derecho fundamental que es el derecho a la identidad. En tal sentido, el problema no puede solucionarse con la ponderación de alguno de los derechos, sino que se debe buscar la solución en base al interés superior del niño/a y adolescente, el cual nos obliga a escuchar/tomar en consideración la opinión de los niños/as y adolescentes para garantizar que ellos sean tratados como sujetos de derechos, además de analizar la posibilidad de que la búsqueda de la verdad biológica no conlleve la aplicación de todos los derechos inherentes a la patria potestad y que se pueda prolongar la obligación alimenticia hasta que el menor de edad encuentre a su padre biológico |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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